Está Vd. en

Documento BOE-B-2020-18465

Extracto de la Resolución de 16 de junio 2020, por la que se convocan subvenciones para las asociaciones de consumidores y usuarios de ámbito estatal, para el ejercicio 2020.

Publicado en:
«BOE» núm. 174, de 23 de junio de 2020, páginas 24922 a 24922 (1 pág.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Consumo
Referencia:
BOE-B-2020-18465

TEXTO

BDNS (Identif.): 511374.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley38/2003, de17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/es/index) y en la sede del Ministerio de Consumo (https://www.mscbs.gob.es)

Primero. Beneficiarios.

Asociaciones, Federaciones, Confederaciones, Uniones y Cooperativas de consumidores y usuarios de ámbito estatal, inscritas en el Registro Estatal de Asociaciones de Consumidores y Usuarios gestionado por la Dirección General de Consumo.

Segundo. Objeto.

Convocar, en régimen de concurrencia competitiva, las subvenciones para las asociaciones y cooperativas de consumidores y usuarios de ámbito estatal, destinadas a promover el asociacionismo de consumo y a la realización de actividades de información, defensa y protección de los derechos de los consumidores para el ejercicio 2020.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden SCB/1198/2019, de 4 de diciembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a asociaciones de consumidores y usuarios de ámbito estatal, destinadas a promover el asociacionismo de consumo y a la realización de actividades de información, defensa y protección de los derechos de los consumidores (publicada en el Boletín Oficial del Estado de fecha14 de diciembre de 2019).

Cuarto. Cuantía.

El importe de la subvención asciendea 3.047.530,00 euros.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo será de quince días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación del extracto de la convocatoria en el «Boletín Oficial del Estado», por parte de la Base de Datos Nacional de Subvenciones.

Sexto. Otros datos.

La solicitud se acompañará de los Anexos y la documentación exigida en la disposición Cuarta de la Resolución de convocatoria.

Madrid, 16 de junio de 2020.- El Ministro de Consumo, Por Delegación de firma (Orden de 25 de febrero de 2020), La Directora General de Consumo. Bibiana Medialdea García.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid