De conformidad con el art. 47 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal(artículo derogado por la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, pero aplicable a las presentes prescripciones) y art. 45 Ley 34/2002, de 11 de julio, de servicios de la sociedad de la información y de comercio electrónico, que regulan la prescripción de las sanciones,
ACUERDO
Declarar prescrita la sanción de 30.001 € impuesta por resolución del Director de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 9 de julio de 2007 (PS/072/2007) a don Alberto Benavente Bel.
Declarar prescrita la sanción de 4.800 € impuesta por resolución de la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 21 de noviembre de 2016 (PS/080/2016) a la Entidad Sitio 2.
Declarar prescrita la sanción de 601,01 € impuesta por resolución del Director de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 23 de Mayo de 2008 (PS/00427/2007) a Comunidad de propietarios, calle Ingeniero Fernando Casariego 37 de la Felguera, Asturias.
Declarar prescrita la sanción de 50.000 € impuesta por resolución de la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 20 de noviembre de 2015 (PS/287/2015) a la entidad One.Com.
Declarar prescita la sanción de 1.800 € impuesta por resolución del Director de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 17 marzo de 2014 (PS/546/2013 ) a la entidad Fastfly.
Declarar prescrita la sanción de 50.000 € impuesta por resolución de la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 7 de julio de 2016 (PS/067/2016) a CaixaBank Consumer, E.F.C., S.A., con anterioridad Finconsum, E.F.C., S.A.
Declarar prescrita la sanción de 12.601,01 € impuesta por resolución del Director de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 25 de octubre de 2011 (PS/ 338/2011) a la entidad Forward Press Europe Limited Suc. en España.
Declarar prescrita la sanción de 2.000 € impuesta por resolución de la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 14 de marzo de 2017 (PS/575/2016) a la entidad Galca Networks, S.L.
Declarar prescrita la sanción de 900 € impuesta por resolución del Director de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 28 de noviembre de 2011 (PS/297/2011) a don Hakan Gunnar Falk.
Declarar prescrita la sanción de 1.400 € impuesta por resolución de la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 6 de octubre de 2016 (PS/208/2016) a Happy Social Media, LTD.
Declarar prescrita la sanción de 1.400 € impuesta por resolución del Directora de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 6 de octubre de 2016 (PS/209/2016) a Happy Social Media, LTD.
Declarar prescrita la sanción de 3.400 € impuesta por resolución de la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 3 de octubre de 2016 (PS/207/2016) a Happy Social Media, LTD.
Declarar prescrita la sanción de 50.000 € impuesta resolución de la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 27 de enero de 2016 (PS/ 407/2015) a la entidad IDR Finance Ireland II, Limited.
Declarar prescrita la sanción de 1.800 € impuesta por resolución del Director de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 22 de febrero de 2012 (PS/509/2011) a la entidad J & J Consulting.
Declarar prescrita la sanción de 6.000 € impuesta por resolución del Director de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 12 de junio de 2014 (PS/015/2014) a la entidad Marina D'or Loger, S.A.
Declarar prescrita la sanción de 30.001 € impuesta por resolución del Director de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 15 de noviembre de 2012 (PS/374/2012) a la entidad Mediastay, S.A.S.
Declarar prescrita la sanción de 30.001 € impuesta por resolución del Director de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 18 de octubre de 2011 (PS/307/2011) a la entidad MSales, GmbH.
Declarar prescrita la sanción de 20.000 € impuesta por resolución de la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 25 de abril de 2016 (PS/652/2015) a la entidad Pixmanía, S.A.S.
Declarar prescrita la sanción de 10.000 € impuesta por resolución del Director de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 23 de junio de 2015 (PS/006/2015) a la entidad Reformas y Construcciones Ortega Junior, S.L.
Declarar prescrita la sanción de 15.000 € impuesta por resolución del Director de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 13 de febrero de 2013 (PS/384/2012) a la entidad Zanona, S.A.
Declarar prescrita la sanción de 2.000 € impuesta por resolución de la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 3 de septiembre de 2018 (PS/031/2018) a don Sergei Tarasov.
Declarar prescrita la sanción de 1.500 € impuesta por resolución de la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 11 de abril de 2017 (PS/600/2016) a don Antonio Sánchez Castro.
Declarar prescrita la sanción de 1.500 € impuesta por resolución de la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 26 de Julio de 2017 (PS/057/2017) a don Enrique Batiste Montalbán.
Declarar prescrita la sanción de 4.560 € impuesta por resolución del Director de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 4 de Julio de 2012 (PS/00048/2012) a don Larbie Bourguibie Rami.
Declarar prescrita la sanción de 3.600 € impuesta por resolución del Director de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 19 de diciembre de 2013 (PS/380/2013) a Partec Representaciones, S.L.
Declarar prescrita la sanción de 7.200 €impuesta por resolución del Director de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 18 de marzo de 2009 (PS/558/2008) a Servicios Madrileños de Gestión Integral, S.L.
Declarar prescrita la sanción impuesta de 2760 € por resolución del Director de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 25 de junio de 2015 (PS/00013/2015) a Ixileko Zarata, Sociedad Cooperativa Madrileña.
Declarar prescrita la sanción impuesta de 383.588,02 por resolución del Director de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 22 de septiembre de 2004 (PS/00040/2004) a Battering Media Comunicación Alternativa, S.L. ALTERNATIVA, S.L.
Declarar prescrita la sanción impuesta de 8.400 € por resolución del Director de la Agencia Española de Protección de Datos de fecha 13 de septiembre de 2012 (PS/178/2012) a Mail Marketing Servicios Informáticos, S.L.
Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa conforme al art. 48.6 de la LOPDPGDD, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 123 de la LPACAP, los interesados podrán interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Directora de la Agencia Española de Protección de Datos en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente a la notificación de esta resolución o directamente recurso contencioso administrativo ante la Sala de lo Contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, con arreglo a lo dispuesto en el artículo 25 y en el apartado 5 de la disposición adicional cuarta de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a la notificación de este acto, según lo previsto en el artículo 46.1 de la referida Ley.
Madrid, 1 de junio de 2020.- Directora de la Agencia Española de Protección de Datos, Mar España Martín.
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