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Documento BOE-B-2020-19271

ESTELLA

Publicado en:
«BOE» núm. 179, de 29 de junio de 2020, páginas 25905 a 25905 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-19271

TEXTO

Edicto.

El Juzgado de Primera Instancia de Estella/Lizarra, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:

1.º Que en el Concursal - Sección 1.ª (General) número 274/2019 NIG 3109741120190000431, por auto de 13 de diciembre de 2019 se ha declarado en concurso consecutivo de materia Obligaciones: otras cuestiones a la deudora doña Ramona Navarro Egea, con NIF 38000891S, y don José Enrique Sadaba Roldan, con NIF 38010110B, y domicilio en calle Ontanilla, 7, de Cárcar, casados entre sí.

2.º Que los deudores no conservan las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, quedando sometidas éstas a la intervención de la administración concursal por Auto de rectificación de 2 de junio de 2020.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, (Art 85 LC) por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse en el domicilo designado en este Edicto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos en la dirección electrónica del Administrador concursal que consta en este edicto. La comunicación deberá realizarse en la forma prevista en el artículo 85.3 de la LC.

La Administración concursal está integrada por D. Angel Sada Moracho, con domicilio postal en: Avenida Zaragoza, 2, Esc.1-1.º- C, 31500 de Tudela, correo electrónico: asada@sadapaz.com

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

5.º De conformidad con lo previsto en el Art. 23 de la Ley Concursal en relación con la D.T. 2.ª, del RDL 3/2009, se acuerda la gratuidad de la publicación en el B.O.E., debiéndose hacer constar así en el oficio adjuntando el edicto dirigido al BOE y RPC, con el contenido previsto en el párrafo segundo del citado precepto, que este juzgado manda diligencias al Administrador Concursal.

Estella/Lizarra, 24 de junio de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Alejandro German Otto.

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