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Documento BOE-B-2020-19481

PONTEVEDRA

Publicado en:
«BOE» núm. 180, de 30 de junio de 2020, páginas 26170 a 26170 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-19481

TEXTO

Edicto

Doña PATRICIA RAPOSO FERNÁNDEZ, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 2 de Pontevedra, por el presente,

HAGO SABER

1º.- Que en los autos seguidos en este Juzgado con el nº 81/2019 se ha dictado a instancias del Mediador Concursal don Enrique de la Torre Rodríguez en fecha 11 de diciembre de 2019 AUTO DE DECLARACIÓN DE CONCURSO CONSECUTIVO Y NECESARIO DE don Miguel Ángel Cabañas Díaz.

Los datos de contacto del mediador concursal son:

. Domicilio postal: Calle Augusto García Sánchez 2, Bajo, 36001 Pontevedra.

. Dirección electrónica: Enriquedelatorre@bufetecacabelos.com

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la Ley Concursal. Dicha comunicación deberá presentarse ante este Juzgado en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto, mediante escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y en que se expresará nombre, domicilio y demás datos de identidad del acreedor, así como los relativos al crédito, su concepto, cuantía, fechas de adquisición y vencimiento, características y calificación que se pretenda, indicando, si se invocare un privilegio especial, los bienes o derechos a que afecte y, en su caso, los datos registrales, acompañándose en todo caso originales o copias auténticas del título o de los documentos relativos al crédito.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artº 184.3 Ley Concursal).

Pontevedra, 18 de junio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Patricia Raposo Fernández.

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