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Documento BOE-B-2020-21120

BADAJOZ

Publicado en:
«BOE» núm. 188, de 9 de julio de 2020, páginas 28279 a 28279 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-21120

TEXTO

Doña LUCÍA PECES GÓMEZ, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 1 de BADAJOZ, por el presente,

HAGO SABER:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial en la Sección I declaración de concurso 246/20 se ha dictado en fecha 30 de Junio de 2020, auto de declaración de concurso abreviado voluntario del deudor ALIHEC SERVICIOS DE ALIMENTACIÓN, S.L., con CIF B06681167, con domicilio en Paseo de Castelar s/n, Hotel Zurbaran, 06001 Badajoz.

2º.- Se ha acordado la intervención de las facultades de administración y disposición que ejercía el concursado, siendo sustituidas por la Administración concursal. Se ha designado, como Administración concursal al Letrado don ABELARDO BRACHO ARCOS con domicilio en calle Palos Nº11, 1º Izq. 21003 Huelva y dirección de correo electrónico concursoalihec@gmail.com para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

No se admitirán bajo ninguna circunstancia insinuaciones de créditos dirigidas a este Juzgado, ya que las mismas deben dirigirse directamente a la Administración Concursal. En el caso de existir personaciones en los escritos de insinuación de créditos tampoco serán tenidas en cuenta, debiéndose realizar la personación en escrito exclusivo para tal fin.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de UN MES a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador/a y asistido de Letrado/a (art. 184.3 Ley Concursal), sin perjuicio de lo establecido para la representación y defensa de los trabajadores en la Ley de los trabajadores en la Ley de Procedimiento Laboral.

5º.- Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en la siguiente dirección electrónica del Registro Público Concursal www.publicidadconcursal.es

Badajoz, 2 de julio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Lucia Peces Gómez.

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