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Documento BOE-B-2020-21252

Extracto de la Resolución 1 de julio de 2020, de la Secretaría de Estado de Educación, por la que se convocan ayudas a centros docentes sostenidos con fondos públicos de Educación Primaria y Secundaria de Ceuta y Melilla, que participen en el Programa de Apoyo Educativo (PAE) en el curso escolar 2020-2021.

Publicado en:
«BOE» núm. 188, de 9 de julio de 2020, páginas 28460 a 28461 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Educación y Formación Profesional
Referencia:
BOE-B-2020-21252

TEXTO

BDNS(Identif.):514167

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publicará el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index):

Primero. Beneficiarios.

El Programa está dirigido a los centros docentes sostenidos con fondos públicos de Educación Primaria y de Educación Secundaria, que presentan un número elevado de alumnos con una necesidad manifiesta de apoyo educativo, debido especialmente a carencias culturales de su entorno social, que impiden disponer del apoyo familiar deseable para el desarrollo adecuado de su proceso de aprendizaje y la mejora de sus expectativas de éxito educativo, personal y social.

Segundo. Objeto.

Convocar en régimen de concurrencia competitiva subvenciones para los centros sostenidos con fondos públicos de Educación Primaria y Educación Secundaria de las ciudades autónomas de Ceuta y Melilla, que deseen desarrollar el Programa de Apoyo Educativo (PAE) durante el curso 2020-2021.

Podrán ser asignados en esta convocatoria hasta un total de 60 grupos de apoyo educativo entre ambas ciudades, distribuidos a razón de un máximo de 30 para cada Ciudad Autónoma. En el caso de que en alguna de las ciudades no se cubrieran las plazas asignadas para participar en el Programa, las ayudas podrán adjudicarse a los centros de la otra Ciudad, siguiendo el orden en el que hubieran quedado baremados.

Tercero. Bases reguladoras.

Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril (BOE del 12 de mayo) de bases reguladoras de la concesión de Subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Educación.

Cuarto. Cuantía.

1.La financiación de las subvenciones previstas en la presente Resolución se efectuará con cargo al crédito de la aplicación presupuestaria 18.04.322G.480.02 de los Presupuestos Generales del Estado para el año 2020, por un importe máximo de CIENTO OCHENTA Y SEIS MIL TRESCIENTOS euros (186.300,00€).

2. Para el desarrollo del programa, la cuantía máxima de la ayuda que podrá asignarse será de DOS MIL NOVECIENTOS EUROS (2.900,00 €) por grupo seleccionado, pudiendo establecerse hasta un máximo de tres grupos por centro educativo.

3. La cuantía de la ayuda que podrá asignarse a cada centro será variable en virtud de los grupos adjudicados, pudiendo resultar 2.900 euros, 5.800 euros u 8.700 euros durante el curso escolar, dependiendo de si se adjudican 1, 2 o 3 grupos respectivamente.

Adicionalmente se aportará hasta un máximo de 615,00 € por centro, variable en función del número de grupos, con objeto de dar cobertura a los gastos derivados de material fungible y recursos didácticos necesarios para el desarrollo del programa.

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes.

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente a la publicación del presente extracto en el Boletín Oficial del Estado hasta el 7 de septiembre de 2020.

Sexto. Documentación.

La documentación requerida para participar en esta convocatoria, que se adjuntará en soporte electrónico al Formulario de solicitud, accesible por vía telemática en el enlace https://sede.educacion.gob.es, "Trámites", será la siguiente:

- Proyecto de actuaciones

- Certificación del secretario del centro de la aprobación del Claustro y del Consejo escolar que acredite su aprobación para la participación en el Programa.

- Impreso de autorizaciones y declaraciones responsables.

Séptimo Registro de solicitudes.

El registro de la solicitud se realizará de manera telemática en la sede electrónica del Ministerio de Educación y Formación Profesional.

Madrid, 1 de julio de 2020.- Secretario de Estado de Educación, Alejandro Tiana Ferrer.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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