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Documento BOE-B-2020-21266

PAMPLONA

Publicado en:
«BOE» núm. 189, de 10 de julio de 2020, páginas 28477 a 28477 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-21266

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil n.º 1 de Pamplona/Iruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, (LC),

Anuncia:

1.º Que en el Concurso Consecutivo Abreviado número 0000183/2020, NIG 3120147120200000108, por auto de 16 de junio de 2020 se ha declarado en concurso consecutivo abreviado al deudor persona física Sergio Alameda López, con DNI 44630321V y domicilio en Pamplona, calle Doctor Irigaray, n.º 4, 5.º B.

2.º Que el deudor ha sido suspendido en el ejercicio de las facultades de administración y disposición de su patrimonio, siendo sustituido por la administración concursal.

3.º Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos, por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado en este edicto o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos en la dirección electrónica que consta en este edicto. La comunicación deberá realizarse en la forma prevista en el artículo 85.3 de la LC.

La Administración concursal está integrada por el mediador concursal D./D.ª Ángel Sada Moracho, economista, con domicilio postal en Tudela (Navarra), avenida Zaragoza, n.º 2, escalera 1, 1.º C y dirección electrónica: sadapaz@sadapaz.com

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar desde la publicación en el Boletín Oficial del Estado del auto de declaración del concurso.

4.º Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

5.º Que en la misma resolución se ha acordado la apertura de la fase de liquidación y tener por presentado el plan de liquidación, dando traslado del plan presentado por plazo de quince días para que el concursado y los acreedores puedan realizar alegaciones u observaciones al mismo y formular también observaciones sobre la concurrencia de los requisitos para acordar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho del concursado persona natural. El plazo de quince días antes citado comenzará a computarse el día siguiente a la publicación de esta resolución en el BOE.

Pamplona/Iruña, 24 de junio de 2020.- El/La Letrado de la Administración de Justicia, Elena María Daniel del Valle.

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