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Documento BOE-B-2020-21563

MÁLAGA

Publicado en:
«BOE» núm. 190, de 11 de julio de 2020, páginas 28803 a 28804 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-21563

TEXTO

EDICTO

El JUZGADO DE LO MERCANTIL Nº 1 DE MÁLAGA en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal, ANUNCIA:

1º.- Que en el procedimiento número 477/2020 por auto de fecha 25/06/2020 se ha declarado en concurso voluntario al deudor AGBTRIPS STUDY ABROAD, SLU, con C.I.F. B 93605715, domicilio en Málaga, Avda. Moliere 36, 4º- 5, centro de principales intereses.

2º.- Que ha sido suspendidos de las facultades de administración y de disposición de su patrimonio, siendo éstas ejercidas por la administración concursal.

3º.- Que la ADMINISTRACIÓN CONCURSAL la integra Dña Gema Rojo Pérez provisto de D.N.I. 78968496C, en su calidad de administradora solidaria de la entidad QUATRO INSOLVENCIA CONCURSAL, que conforme dispone el artículo 30.1 LC ha designado por la administración concursal como persona que va a representarla en el ejercicio del cargo, a la propia Doña Gema Rojo Pérez, de profesión economista, dirección a efectos de notificaciones en Málaga, Calle Palma del Rio 19, 2º planta. Nº 20, Teléfono 952 21 87 81, y dirección de correo electrónico para comunicar los créditos: agbtripstudyabroad@quatroconcursal.es.

4º- Que los acreedores del concursado deben poner en conocimiento de la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en el artículo 85 de la LC. La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio, sin que quepa su presentación directa ante el Juzgado. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

El plazo para esta comunicación es el de un mes, a computar de fecha a fecha y entendiendo como día final si fuera inhábil o no existiera día equivalente, el siguiente hábil al mismo a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado.

5º- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (artículo 184.3 LC).

6º.- Que se designa la página web https://www.publicidadconcursal.es/ a los efectos de publicidad registral en el Registro Público Concursal.

7º.- En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia (ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal y ex Reglamento general de protección de datos (UE) 2016/679 de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos).

Málaga, 7 de julio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, José María Casasola Díaz.

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