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Documento BOE-B-2020-21839

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 191, de 13 de julio de 2020, páginas 29108 a 29109 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-21839

TEXTO

Edicto.

Cédula de Notificación.

Doña Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gómez-Pablos, La Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número uno de los de Santa Cruz de Tenerife.

Hago saber: Que en el procedimiento Concursal Necesario n.° 303/15, de la entidad Adrián Computer, S.L., con CIF B-76575802 se ha declarado el concurso por auto de fecha 15 de junio de 2018, por La Juez doña Sonia Martínez Uceda y el auto de fecha 5 de septiembre de 2018 por la Juez doña Elena Fraile Lafuente, del Juzgado de lo Mercantil, n.° 1, de Santa Cruz de Tenerife cuyos puntos principales de su Parte dispositiva, son del tenor literal siguiente:

"...Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el Procurador Don Javier Hernández Berrocal en nombre y representación de la entidad Artemis Informática, S.L.U. Se declara en concurso, que tiene carácter de necesario, al deudor la mercantil Adrian Computer, S.L. con CIF B-76575802, y con domicilio social en Cuesta de Arguijón, Avenida de Los Menceyes n.° 293 (San Cristóbal de La Laguna) (Santa Cruz de Tenerife). Se sigue el trámite del procedimiento abreviado, sin perjuicio de su transformación cuando se la documentación contable del deudor- artículo 190 LC. Llámense a los acreedores del deudor para que comuniquen en la forma establecida en el artículo 85 de la LC a la administración concursal la existencia de sus créditos. Deberán formular la comunicación en el plazo de un mes contado desde la última publicación de los anuncios de la declaración del concurso, que se publicarán en el Boletín Oficial del Estado, el tablón de anuncios del Juzgado y el Registro Público Concursal. La comunicación de créditos deberá realizarse aportando copia documental para la administración concursal bajo apercibimiento de no ser reconocido el crédito o de su posibilidad de clasificarlo conforme a lo previsto en el artículo 92.1 de la LC. La administración concursal realizará sin demora una comunicación individualizada a cada uno de los acreedores cuya identidad y domicilio consten en el concurso, informándoles de la declaración de éste y del deber de comunicar sus créditos en la forma establecida en el artículo 85, con expresión de que la comunicación de los créditos sea puesta en directo conocimiento de esa administración, con remisión directa a su despacho de la titulación crediticia.

La comunicación se efectuará por medios telemáticos, informáticos o electrónicos cuando conste la dirección electrónica del acreedor. La comunicación se dirigirá por medios electrónicos a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y a la Tesorería General de la Seguridad Social a través de los medios que éstas habiliten en sus respectivas sedes electrónicas, conste o no su condición de acreedoras. lgualmente se comunicará a la representación de los trabajadores, si la hubiere, haciéndoles saber de su derecho a personarse en el procedimiento como parte. En el caso de la Tesorería General de la Seguridad Social, el acceso para la transmisión telemática se puede realizar a través de la dirección de Internet https://sede.seg-social.gob.es. En dicha página se seguirá la siguiente ruta: Registro Electrónico-Acceso al Registro-Otros procedimientos-Comunicación de la Declaración de Concurso por parte de la Administración Concursal a la Tesorería General de la Seguridad Social. Para realizar la transmisión telemática es necesario que el administrador concursal cuente con el correspondiente certificado digital o con el DNI electrónico.

En el caso de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, para acceder al formulario en la sede electrónica de la A.E.A.T. (https//www.agenciatributaria.gob.es) deberán seguirse los pasos siguientes:

1.- En la página de inicio, columna izquierda, "Procedimientos, Servicios y Trámites (Información y Registro)" se seleccionará la opción "Otros Servicios".

2.- Una vez abierta la página que corresponde a "Otros Servicios", deberá seleccionarse la opción "Comunicación administración concursar.

3.- En la página "Comunicación administración concursar el formulario se despliega al marcar la opción "Trámites".

Anúnciese la declaración del concurso en el Boletín Oficial del Estado, con indicación de los datos de identificación del procedimiento, siendo gratuita dicha publicación, conforme a lo previsto en el artículo 23.1 de la LC, en el tablón de anuncios del Juzgado y en el Registro Público Concursal. Anótese preventivamente en el Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife, la declaración del concurso con lo acordado respecto de las facultades de administración y disposición del concursado y el nombre del administrador, y, una vez firme este Auto, líbrese mandamiento para conversión de la anotación preventiva en inscripción. Al no existir todavía sistema telemático, se llevará a cabo por medio del Procurador actor. La concursada figura inscrita en la Sección 8, Hoja n.° 50347, del Registro Mercantil de Santa Cruz de Tenerife. Comuníquese la presente declaración de concurso a la Agencia Estatal de la Administración Tributaria y, si la concursada tuviere empleados, a la Tesorería General de la Seguridad Social y al Fondo de Garantía Salarial (FOGASA) a los efectos oportunos y a todos los Juzgados en los que existan procedimientos frente al deudor a los efectos previstos en los artículos 55 y 56 de la LC. Publíquese la presente resolución en el Registro Público Concursal haciendo saber a todos los interesados que pueden acceder a su contenido a través de la página web www.publicidadconcursal.es.Se autoriza a la administración concursal a ejercitar las acciones que, en interés de la masa del concurso, estime pertinentes, a efectos de lo dispuesto en la letra h) del artículo 4.1 de la Ley 10/2012, de 20 de noviembre, por la que se regulan determinadas tasas en el ámbito de la Administración de Justicia y del Instituto Nacional de Toxicología y Ciencias Forenses..."

"..Se procede al nombramiento como administrador del concurso a D. Pedro González de Chaves Rojo, auditor, D. Pedro González de Chaves Rojo auditor con DNI n.° 43343808D, con domicilio profesional en C/Isla de la Graciosa n.° 2 Edf. Siroga Local 1-2 Los Realejos, con número de teléfono 922.34.3338 fax n° 922.3450.62, correo pico@grupochaher.com..."

Y para que sirva de notificación y emplazamiento a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación gratuita en el Boletín Oficial del estado (de conformidad con la redacción recogida en el Real Decreto Ley 3/2009 del 27 de marzo) y en el Registro Público Concursal. Se pone en conocimiento, a todos sus efectos, que el Administrador Concursal de este procedimiento, es don Pedro Glez. de Chaves Rojo,con correo pico@grupochaher.com.

Santa Cruz de Tenerife, 21 de enero de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gómez-Pablos.

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