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Documento BOE-B-2020-21884

Anuncio de la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental por el que se publica la Resolución del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana por la que se aprueba el expediente de Información Pública y definitivamente el "Proyecto de Trazado de sustitución de tirantes del puente del Centenario, situado entre el p.k. 10+000 y el p.k. 12+000 de la autovía SE-30 en Sevilla". Provincia de Sevilla. Clave: T4-SE-5090.

Publicado en:
«BOE» núm. 191, de 13 de julio de 2020, páginas 29186 a 29187 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-B-2020-21884

TEXTO

Con fecha 25 de junio de 2020, el Secretario de Estado de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (Orden FOM/1356/2016, de 20 de julio) ha resuelto lo siguiente:

"1. Aprobar el expediente de Información Pública y definitivamente el Proyecto de Trazado "Proyecto de trazado de sustitución de tirantes del puente del Centenario, situado entre el p.k. 10+000 y el p.k. 12+000 de la autovía SE-30 en Sevilla", de clave T4-SE-5090, con las siguientes prescripciones:

1.1 El proyecto de sustitución de tirantes del puente del Centenario contempla el desvío de parte del tráfico que sobre él circula a través de la carretera y los puentes de la esclusa, utilizando el dominio público portuario. Para ello es necesario completar el estudio de las actuaciones que sean necesarias para asegurar la adecuada explotación de la carretera y puentes de la esclusa de manera que puedan acomodar tanto el tráfico portuario como el tráfico de desvío de la autovía SE-30, teniendo en cuenta los condicionantes indicados en los informes de la Dirección General de Tráfico y de la Autoridad Portuaria de Sevilla (explotación portuaria, tráfico ferroviario, circulación de vehículos sin motor, estado del pavimento, etc.) Para la mencionada utilización del dominio público portuario deberá recabarse autorización de la Autoridad Portuaria de Sevilla.

1.2 Durante la redacción del proyecto de construcción de sustitución de tirantes del puente del Centenario se tendrán en cuenta:

· Los aspectos indicados en el informe de la Autoridad Portuaria de Sevilla relativos al diseño de las penínsulas provisionales ubicadas en la dársena portuaria, cuya construcción y posterior retirada no deben afectar al canal de navegación

· Los aspectos indicados en el informe de la Dirección General de Tráfico en cuanto a: La necesidad de adelantar la entrada en servicio de los desvíos de tráfico por la carretera de la esclusa cuando se demuela la acera del puente, momento en que quedará sin servicio el carril reversible; La inclusión en el proyecto las medidas oportunas para garantizar el funcionamiento del carril reversible hasta ese momento; La inclusión en proyecto del traslado provisional de las cámaras de circuito cerrado de televisión, de manera que puedan seguir prestando servicio durante las obras, así como su reposición definitiva una vez finalizadas; La necesidad de realizar un análisis respecto a la reposición de los paneles de mensajería variable situados en pórticos afectados por el proyecto, teniendo en cuenta los condicionantes estructurales y de seguridad vial y las necesidades de gestión del tráfico.

2. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental notifique la presente Resolución según lo dispuesto en los artículos 4 y 40 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

3. Ordenar que la Demarcación de Carreteras del Estado en Andalucía Occidental lleve a cabo los trámites necesarios para que la presente Resolución sea publicada en el "Boletín Oficial del Estado".

4. De acuerdo con la resolución de aprobación provisional de 24 de enero de 2020 (B.O.E. de 31 de enero), y conforme a lo previsto en el artículo 12.2 de la Ley 37/2015, de 29 de septiembre, de Carreteras, modificada por Real Decreto-ley 18/2018, de 8 de noviembre, el trámite realizado tiene el carácter de información pública previa a la declaración de urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por la ejecución del proyecto. En consecuencia, la presente aprobación definitiva implica la declaración de utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación, sin perjuicio de lo previsto para la utilización del dominio público portuario en el artículo 73.3 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido la Ley de Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante."

La presente Resolución pone fin a la vía administrativa, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 114.1.c y 114.2.b de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y contra la misma se puede interponer recurso potestativo de reposición, ante el Ministro del Departamento, en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante la Audiencia Nacional en el plazo de dos meses, a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, sin que quepa formular el recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la desestimación presunta del recurso de reposición interpuesto.

Lo que se comunica para su general conocimiento.

Sevilla, 29 de junio de 2020.- El Jefe de la Demarcación, Pedro C. Rodríguez Armenteros.

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