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Documento BOE-B-2020-21986

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 192, de 14 de julio de 2020, páginas 29297 a 29297 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-21986

TEXTO

Don Rafael Huerta García, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil, n.º 7, de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto. Concurso consecutivo 833/2020 Sección: E.

NIG: 0801947120208008904.

Fecha del auto de declaración: 10 de junio de 2020.

Clase de concurso: Voluntario.

Entidad concursada: Don Jordi Rey Gol, con 37664146J.

Administradores concursales. Se ha designado como administrador concursal: Doña Ana María Rossell Garau. Dirección postal: Calle Bisbe Sivilla, 50-52, 3.º, 2.ª, 08022 - Barcelona. Dirección electrónica: anarossell@icab.cat

Se tiene por presentadas alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación. Se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular alegaciones sin que sea preciso la apertura de la sección 5.ª.

Se tiene por presentado por parte del mediador concursal el Informe del art. 75 LC, al que se dará la publicidad prevista en el art. 95 LC. En tal sentido, la administración concursal comunicará telemáticamente el informe a los acreedores de cuya dirección electrónica se tenga conocimiento.

Régimen de las facultades del concursado: Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, edifici C, planta 112 - Barcelona.

Forma de personación: Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 17 de junio de 2020.- El Letrado de la Administración del Estado, Rafael Huerta García.

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