Doña Paula Jarne Corral, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 3 y Mercantil de Huesca,
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Que en el concurso de acreedores 167/2019 referente a Alejando García Cano, con DNI 47043895V y domicilio en Jaca, por auto de 10 de julio de 2020 se ha acordado conceder la exoneración definitiva del pasivo insatisfecho, quedando a salvo los derechos de los acreedores frente a los obligados solidariamente con el concursado y frente sus fiadores o avalistas, quienes no podrán invocar el beneficio de exoneración del pasivo insatisfecho obtenido por el concursado ni subrogarse por el pago posterior a la liquidación en los derechos que el acreedor tuviese contra aquellos, salvo que se revocase la exoneración concedida.
La misma resolución acuerda la conclusión del concurso y archivo por liquidación de la masa activa e inexistencia de más bienes o derechos del concursado, así como aprobar la rendición de cuentas presentada por la administración concursal en escrito de 12 de mayo de 2020.
Huesca, 10 de julio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Paula Jarne Corral.
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