Está Vd. en

Documento BOE-B-2020-23451

ELCHE

Publicado en:
«BOE» núm. 201, de 24 de julio de 2020, páginas 31312 a 31312 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-23451

TEXTO

Edicto

D./Dña. Lucía López Moreno, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia 7 de Elche, por el presente,

Hago saber: Que por auto de fecha 06.07.2020 en el procedimiento con número de autos 000772/2020 y NIG 03065-42-1-2020-0004467, se ha declarado en Concurso Abreviado [CNA] necesario al deudor Gloria Blázquez Lozoya,con domicilio en Calle Alfredo Sánchez Torres,16 1.º IZ Elche/Elx (Alicante) y NIF n.º 74221926Y.

Facultades del concursado: La concursada ha quedado suspendida de sus facultades de administración y disposición sobre su patrimonio.

Administrador Concursal: Que ha sido nombrado D./D.ª Carlos Márquez Ortiz, colegiado del Ilustre Colegio de Abogados de Alicante con domicilio postal para notificaciones: Alicante, Plaza de Calvo Sotelo, 10 3.º A; dirección de correo electrónica para notificaciones y comunicaciones de crédito: cmarquezortiz@gmail.com; y domicilio postal para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el Artículo 85 de la Ley Concursal: Elche, Av. Dama de Elche, 18 3.º D (El Altet).

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores de la entidad concursada deberán poner en conocimiento del administrador concursal en las direcciones indicadas la existencia de sus créditos en el plazo de un mes, a contar desde la fecha de publicación del presente BOE.

Los acreedores pueden personarse en el proceso por medio de Abogado y Procurador.

Examen de autos: Los acreedores no personados pueden acudir personalmente a esta Oficina Judicial y solicitar el examen de aquellos documentos o informes que consten sobre sus respectivos créditos o hacerlo por medio de Abogado o Procurador que autoricen al efecto sin necesidad de personación.

Apertura de liquidación: Solicitada la liquidación por el deudor, se procede a la apertura de la misma con todos los efectos que previene la Ley Concursal.

De conformidad con lo ordenado se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la última de las publicaciones a que se refiere el art. 23 LC puedan comunicar sus créditos en los términos del art. 85 del mismo texto legal.

Elche, 17 de julio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Lucía López Moreno.

subir

Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado

Avda. de Manoteras, 54 - 28050 Madrid