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Documento BOE-B-2020-23872

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 203, de 27 de julio de 2020, páginas 31803 a 31803 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-23872

TEXTO

D./Dña. Elena Luri Rodríguez, Letrado/a de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil Nº 2 de Las Palmas de Gran Canaria.

Por el presente se HACE SABER que en el procedimiento concursal 0000324/2020, seguido a instancias de la Procuradora Dña. Concepción Soto Ros en nombre y representación de D. Sergio Rodríguez Pérez, se ha dictado Auto el día 2 de julio de 2020, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso y la apertura de la fase de liquidación de D. Sergio Rodríguez Pérez con DNI nº 42854287C, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal, en el Boletín Oficial del Estado y en el Tablón de anuncios de este Juzgado.

Se designan como Administradores del concurso a: D. Francisco Borja Rodríguez Batllori Laffitte, con N.I.F. 44.700.629-Z, como abogado, el cual ha designado como domicilio postal en calle Triana, 104-6ºA en Las Palmas, telf: 928373299, Fax 928373512 y correo electrónico brbatllori@despachosantelmo.com

En cuanto a los efectos sobre las facultades de Administración y disposición del deudor respecto a su patrimonio, quedan suspendidas siendo el deudor sustituido por la Administración Concursal.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de UN MES a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 22 de julio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Elena Luri Rodríguez.

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