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Documento BOE-B-2020-24101

LAS PALMAS DE GRAN CANARIA

Publicado en:
«BOE» núm. 204, de 28 de julio de 2020, páginas 32131 a 32131 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-24101

TEXTO

Edicto.

Doña Elena Luri Rodríguez, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 2 de Las Palmas de Gran Canaria, por el presente,

Hace saber: Que en el procedimiento concursal 0000541/2019, se ha dictado Auto el día 26 de febrero de 2020, en cuya parte dispositiva constan, entre otros, los siguientes extremos:

Se declara el concurso de RESIAK ENTERPRISE, S.L., con CIF, n.º B35884998, el que se tramitará por el procedimiento abreviado.

A los efectos oportunos, el presente concurso, tiene el carácter de Voluntario.

Conforme prevé el art. 23 de la Ley Concursal el presente edicto se insertará en el Registro Público concursal, en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios de este Juzgado.

Se designan como Administradores del concurso a: don Fidel Blasco Miota, con DNI número 527.490.97-T de profesión Economista, el cual ha designado como domicilio postal el de calle Portugal, 38-entresuelo, Alicante y código postal 03003, teléfono 609.889.900 y FAX 965.923.238, así como dirección electrónica resiakenterprise@carbelfi.es.

El deudor conservará las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, quedando sometido el ejercicio de éstas a la intervención de los administradores concursales, mediante su autorización o conformidad.

Llámese a los acreedores para que pongan en conocimiento de la Administración Concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde el siguiente a la publicación en el "Boletín Oficial del Estado" del Auto de declaración de concurso, conforme a lo previsto en el art. 23 de la Ley 22/2003, de 9 de julio, Concursal en el domicilio designado por la Administración Concursal y en la forma prevista en el art. 85 de la mentada Ley. Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 184.3 LC.).

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 21.5 y 23 de la Ley Concursal, se expide el presente Edicto.

Las Palmas de Gran Canaria, 23 de julio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Elena Luri Rodríguez.

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