Contido non dispoñible en galego
EDICTO
Doña Aránzazu Gargallo Garcia-Denche, Letrada de la Administracion de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Jaca,
Hace saber:
Que en este Órgano judicial se siguen autos de Concurso Consecutivo n.º 363/2019, a instancia de D. Luis Gimenez Pascual (mediador concursal) frente a D. Moisés Francisco Morandeira Martes (concursado), en los que se ha dictado Auto de fecha 4 de diciembre de 2019, cuyo extracto es el siguiente:
"AUTO
La Juez
Dña. Maria Estudillo Sebastian
En Jaca, a 4 de diciembre de 2019.
ANTECEDENTES DE HECHO
ÚNICO.-En este Juzgado tuvo entrada la solicitud de concurso consecutivo de D. Moisés Francisco Morandeira Martes, presentada por el mediador concursal D. Luis Gimenez Pascual. El concursado cuenta con la representación procesal del Procurador Sr. Carlos Arcas Albas y está asistido por el Letrado Javier Lagunas Navarro.
Han sido presentados con la solicitud acta para la tramitación de expediente para el acuerdo extrajudicial de pagos, escritura pública de aceptación de la designación de mediador concursal, certificado del Registro Central de Penados del concursado, propuesta para la obtención de acuerdo extrajudicial de pagos, certificación del Servicio Público de Empleo sobre la prestación contributiva por desempleo que percibe el concursado, informe del mediador concursal, inventario de masa activa y lista de acreedores.
En el inventario no constan bienes del concursado, no existen bienes que liquidar, consta que percibe una prestación del Servicio Público de Empleo de 597,87 € mensuales, por lo que se solicita la declaración del concurso, si bien la conclusión habrá de acordarse una vez tramitada la pieza de exoneración del pasivo insatisfecho.
PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO:
1.-Declarar en concurso a D. Moisés Francisco Morandeira Martes.
2.-Previamente a declarar LA CONCLUSIÓN del concurso por insuficiencia de masa para la satisfacción de los créditos contra la masa, notifíquese la presente resolución al deudor concursado y ábrase pieza por la posible exoneración del pasivo insatisfecho.
3. Hágase público el presente auto de declaración de concurso por medio de edictos que se insertarán con la mayor urgencia en el Boletín Oficial del Estado y en el tablón de anuncios del Juzgado en la forma y con los requisitos establecidos en el artículo 23 de la Ley Concursal, en el Registro Publico Concursal, así como practíquese anotación marginal en el Registro Civil.
Se acuerda librar mandamiento al Registro Civil para inscribir la presente declaración de concurso en el folio registral del concursado.
Requiérase al concursado para que, en el plazo de cinco días hábiles, manifieste el Registro Civil en que consta inscrito su nacimiento con los datos registrales que permitan su localización y anotación y acompañe en su caso copia del Libro de Familia.
Así lo acuerda, manda y firma Dña. María Estudillo Sebastian Juez titular del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Jaca.
La Juez La Letrado de la Administración de Justicia"
Y para que sirva de notificación en legal forma, con los apercibimientos en la misma contenidos a D. Moisés Francisco Morandeira Martes, libro el presente.
Jaca, 10 de diciembre de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Aranzazu Gargallo Garcia-Denche.
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