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Documento BOE-B-2020-24292

SANTA CRUZ DE TENERIFE

Publicado en:
«BOE» núm. 205, de 29 de julio de 2020, páginas 32384 a 32385 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-24292

TEXTO

Edicto

Cédula de notificación

Doña Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gómez-Pablos, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil número 1 de los de Santa Cruz de Tenerife,

Hago saber:

Que en el procedimiento Concursal necesario abreviado n.° 221/2014, de la entidad Toner y Consumibles de España, S.L., CIF: B76521830, se ha dictado auto n.° 158/2020 de fecha 14 de julio de 2020, cuyos puntos principales es del tenor literal siguiente:

1. Procede la conclusión del concurso, por insuficiencia de masa activa, dejando sin efecto la situación de concursado la entidad Toner y Consumibles de España, S.L., CIF B-76521830, y el archivo de las actuaciones.

2. Aprobar la rendición de cuentas presentadas por la Administración concursal.

Notifíquese la presente resolución mediante comunicación personal que acredite su recibo o por los medios a que se refiere el primer párrafo del artículo 23.1 de la Ley Concursal, dándose.

Publíquese la presente resolución en el Boletín Oficial del Estado despacho que se entregará al solicitante del concurso para que se encargue de su publicación, y se publicará en el Registro Público Concursal.

Procédase a la publicación de la presente el Registro Mercantil, o en el Registro que conforme a la Ley corresponda

Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes que, en su caso, se hayan acordado

Se acuerda la extinción de la persona jurídica del deudor, para lo cual, líbrense los mandamientos a los Registros (enumérense los nombres de los Registros que correspondan entre ellos el Mercantil), los que contendrán testimonio de la presente resolución, a fin de proceder el cierre de su hoja de inscripción, despachos que se entregarán al procurador de la parte solicitante del concurso para que cuiden de su diligenciado.

Llévese testimonio de la presente resolución a las restantes secciones.

Modo de impugnación: Contra la presente resolución no cabe recurso alguno.

Así lo dispone, manda y firma Dña. Elena Fraile Lafeunte, Juez del Juzgado de lo Mercantil N.º 1 de Santa Cruz de Tenerife.

Y para que sirva de notificación a todos los interesados-acreedores, mediante su fijación en el tablón de anuncios de este Juzgado y su publicación Gratuita en el Boletín Oficial del Estado y en el Registro Público Concursal, extiendo y firmo la presente.

Santa Cruz de Tenerife, 14 de julio de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Victoria Eugenia Pérez de Ascanio Gómez-Pablos.

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