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El Juzgado Mercantil n.º 9 de Madrid en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23.1 de la Ley Concursal,
Hace saber
En el procedimiento arriba indicado se dictó un auto de fecha 23/07/20por el que se ha declarado concluso el concurso 44/15 de FOMENTO DE ENERGÍAS EÓLICAS, S.L., de por finalización de la fase liquidación La misma resolución, que es firme por no poder interponerse recurso alguno (art. 177.1LC), ha acordado el cese de las limitaciones a las facultades de administración y disposición de la parte concursada subsistentes en ese momento, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.
Madrid, 27 de julio de 2020.- Letrado de la Administración de justicia, Gustavo Adolfo Carasa Antón.
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