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Documento BOE-B-2020-24525

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 207, de 31 de julio de 2020, páginas 32826 a 32826 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-24525

TEXTO

EDICTO

Doña María del Mar Garcerán Donate, Letrada de la Administracion de Justicia, del Juzgado de Primera Instancia n.º 8 de Murcia, por el presente,

Hago saber:

1.º-Que en los autos seguidos en el Juzgado de Primera Instancia n.º 8 de Murcia con el n.º 1007/19 y NIG n.º 30030 42 1 2019 0017189, se ha dictado en fecha 11 de septiembre de 2019 auto de declaración de concurso voluntario consecutivo del deudor D. Diego Mariano Hernández Sánchez, con DNI 48.510.617-Y, cuyo domicilio lo tiene en calle San Luis, 1-A, 1.º C, Torreagüera (Murcia).

2.º-Se ha acordado que las facultades de administración y disposición sobre el patrimonio del deudor quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal.

Se ha designado, como administración concursal a D. Pedro Antonio Lopez Sola con domicilio postal en Plaza de los Apóstoles, n.º 3, Esc. 1.ª, Planta 2.ª, Puerta 2, 30001 (Murcia) con teléfono 968 221923 y correo electrónico pedroantoniolopezsola@icamur.org, señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º-Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4.º-No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia.

5.º-La concursada ha solicitado la liquidación. Habiendo presentado plan de liquidación, queda de manifiesto en esta oficina judicial por plazo de diez días para que el deudor y los acreedores concursales puedan formular observaciones o propuestas de modificación.

6.º-La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es https://www.publicidadconcursal.es

Murcia, 27 de julio de 2020.- La Letrada de la Administracion de Justicia, María del Mar Garcerán Donate.

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