El Juzgado mercantil n.º 9 de Madrid en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23.1 de la Ley concursal,
Hace saber:
1º Que en el procedimiento Concurso Abreviado 348/2013 por auto de fecha 28/07/2020 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso PROYECTOS DE TELECOMUNICACIONES Y CABLES, S.L. por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa. 176 bis 2 y 3.
2º Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso.
3º Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el art 178.3, declarar su extinción.
Madrid, 29 de julio de 2020.- El Letrado de la Administración de justicia, Gustavo Adolfo Carasa Antón.
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