EDICTO
Doña María Jesús Palmero Sandín, Letrada del Juzgado de lo Mercantil n.º 6 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC),
ANUNCIA
Que en este Juzgado se sigue procedimiento de concurso voluntario abreviado con n.º 836/2020 sobre la concursada en los que en fecha 23/07/2020 se ha dictado Auto en el que:
1.-Se declara la competencia territorial de este Juzgado para conocer del concurso solicitado por el procurador de los Tribunales D. JOSÉ NOGUERA CHAPARRO en representación de COMUNICATIO SERVICIOS EXTERNALIZADOS DE MARKETING, S.L.
2.-Se declara en concurso al deudor COMUNICATIO SERVICIOS EXTERNALIZADOS DE MARKETING, S.L., con CIF B-86918893.
3.-Se acuerda, simultáneamente a lo anterior, la conclusión del concurso por la causa 4.ª del apartado 1.º del art. 176.bis L.Co., con los efectos inherentes a dicha declaración, en especial:
a) se acuerda el cese de todas las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor que pudieran derivarse de la presente declaración de concurso; sin que haya lugar al cese de administrador concursal al no haber sido designado.
b) firme la presente resolución, notifíquese la presente a los acreedores y demás interesados; inscribiendo la misma en el modo señalado en el art. 24 L.Co.; declarando la gratuidad de la inscripción en el BOE;
c) se acuerda a efectos concursales la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad concursada, disponiendo la cancelación de su inscripción en los registros públicos y el cierre de las hojas registrales a los efectos concursales, librando para ellos los oportunos mandamientos una vez firme la presente Resolución.
Madrid, 29 de julio de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María Jesús Palmero Sandín.
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