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Documento BOE-B-2020-25018

Extracto de la resolución de 21 de julio de 2020 de la Dirección General de Inclusión y Atención Humanitaria, por la que se convocan subvenciones para el desarrollo de actuaciones de interés general en materia de extranjería destinadas a la defensa de los derechos humanos de las personas migrantes, así como a favorecer la convivencia y la cohesión social, cofinanciadas por fondos de la Unión Europea

Publicado en:
«BOE» núm. 209, de 3 de agosto de 2020, páginas 33455 a 33458 (4 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Referencia:
BOE-B-2020-25018

TEXTO

BDNS(Identif.):516792

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/516792)

Primero. Beneficiarios:

1) Entidades u organizaciones no gubernamentales que reúnan los siguientes requisitos:

a. Tener como fines institucionales primordiales la realización de actividades a favor de los siguientes colectivos: inmigrantes, solicitantes y beneficiarios de protección internacional, apatridia y protección temporal.

b. Carecer de fines de lucro.

c. Tener ámbito de actuación estatal, según título constitutivo, excepto aquellas organizaciones cuyo ámbito territorial de actuación sea Ceuta y Melilla.

d. Deberán estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo estatal.

e. Disponer de la estructura y capacidad suficiente para garantizar el cumplimiento de los objetivos, acreditando la experiencia operativa necesaria.

f. No haber reintegrado más del 40 por ciento de las ayudas y subvenciones recibidas en cualquiera de las últimas cinco convocatorias como resultado de un procedimiento de reintegro.

2) Organismos Internacionales que tengan sede permanente en el Estado español y cumplan los requisitos a), b), e) y f) del punto anterior.

Segundo. Objeto:

El objeto de esta convocatoria la defensa de los derechos humanos de las personas migrantes así como el mantenimiento de la cohesión social y la convivencia armoniosa de personas de diferente origen cultural en la sociedad española, prestando especial atención al conocimiento y respeto de los valores de esta sociedad.

Podrán concederse subvenciones a cargo de tres líneas de financiación: proyectos cofinanciados por el Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI), proyectos cofinanciados por el Fondo Social Europeo (FSE), y proyectos financiados exclusivamente con Presupuestos Generales del Estado.

Proyectos cofinanciados por el Fondo de Asilo, Migración e Integración (FAMI):

1.- Proyectos de investigación, que puede abarcar, entre otros aspectos, la recopilación y difusión de datos y de buenas prácticas en relación con la convivencia y la cohesión social, el análisis e identificación de los factores y actores que intervienen en los procesos de inclusión.

Y en concreto proyectos que versen sobre:

- El acceso de las personas migrantes al pleno disfrute de los derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos.

- Violencia de género en todas sus posibles manifestaciones.

- Seguimiento y tratamiento informativo y "en línea" del discurso de odio y de la inmigración en los medios de comunicación, tanto en medios tradicionales como en los digitales y en las nuevas tecnologías y redes sociales. El fenómeno de la desinformación: noticias falsas y manipulación de la opinión pública.

- Proyectos de investigación sobre la realidad del racismo, la discriminación racial, la xenofobia y otras formas conexas de intolerancia, y en concreto, sobre la realidad de la Islamofobia, el anti gitanismo, el antisemitismo y la discriminación e intolerancia que sufren africanos y afrodescendientes, analizando su herencia y su cultura, teniendo en cuenta el Programa de Acción de Durban, y el Decenio Internacional para los Afrodescendientes 2015-2024 proclamado por la Asamblea General de la ONU, así como la realidad del pleno disfrute de sus derechos económicos, sociales, culturales, civiles y políticos y su plena o igualitaria participación en todos los aspectos de la sociedad.

2.- Proyectos de impulso de la participación de la sociedad civil para combatir los delitos de odio, y el discurso de odio:

- Seguimiento y acompañamiento a las víctimas de delitos de odio con motivación racista, xenófoba o intolerancia asociada, ante las denuncias interpuestas en los tribunales.

- Denuncia y seguimiento de incidentes racistas o xenófobos, o proyectos que mediante la acción popular faciliten combatir la infra denuncia en materia de delitos de odio.

- Seguimiento de los delitos de odio y del discurso de odio en internet y las redes sociales

- Proyectos de colaboración de la sociedad civil en la mejora del análisis y elaboración de sistemas de información relativos a actuaciones en el ámbito jurídico penal de delitos de odio por racismo, xenofobia y e intolerancia asociada.

3.- Proyectos dirigidos a operadores jurídicos, fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado, otros empleados públicos y profesionales, y en general personas que ocupen puestos de trabajo que impliquen atención a nacionales de terceros países, en materia de racismo, discriminación racial, xenofobia y otras formas conexas de intolerancia, trata de seres humanos, violencia de género así como el apoyo a la formación de mediadores interculturales, dirigidos a la mejora de la capacitación de este colectivo.

4.- Proyectos de sensibilización, que favorezcan un discurso inclusivo, de comprensión y respeto hacia las diferencias, de convivencia y relaciones positivas, de respeto al derecho a la igualdad, que promuevan el valor de una sociedad diversa y fomenten el diálogo constructivo entre los nacionales de terceros países residentes en España y la sociedad de acogida, mediante, entre otros, la creación de plataformas, uso de redes sociales, actividades extracurriculares, o cualquier otra iniciativa, a favor de la sensibilización contra el racismo, la xenofobia y la intolerancia asociada, los delitos de odio, el discurso de odio y la trata de seres humanos y la violencia de género.

5.- Proyectos de prevención y protección integral de las víctimas o potenciales víctimas de violencia de género y sus descendientes, en todas sus posibles manifestaciones, incluida la mutilación genital.

6.- Proyectos de prevención y protección integral a las víctimas o posibles víctimas de trata de seres humanos y sus descendientes, en cualquiera de sus modalidades.

Proyectos cofinanciados por el Fondo Social Europeo:

- Proyectos de itinerarios integrados y personalizados de inserción. El objetivo último de estos proyectos será mejorar la inserción sociolaboral de personas migrantes, a través de la activación de itinerarios integrados y personalizados de inserción específicos para este colectivo, y cuyo principal resultado es conseguir romper con las barreras sociales y culturales que obstaculizan dicha inserción en condiciones de igualdad.

- Proyectos de capacitación, sensibilización, formación y perfeccionamiento de los agentes y profesionales que intervienen en el mercado laboral (incluyendo personal voluntario) para mejorar sus competencias de atención y asesoramiento de las personas migrantes.

- Proyectos estatales de promoción de la diversidad cultural, la igualdad de trato y no discriminación, la prevención del racismo, la xenofobia y la intolerancia asociada en el ámbito laboral.

Proyectos financiados exclusivamente por los Presupuestos Generales del Estado:

- Proyectos de equipamiento y adaptación de inmuebles.

Tercero. Bases Reguladoras:

Orden ESS/1423/2012 de 29 de junio, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones del Ministerio de Empleo y Seguridad Social en el área de integración de los inmigrantes, solicitantes y beneficiarios de protección internacional, apatridia y protección temporal (BOE 30/6/2012), modificada por la Orden ESS/109/2017, de 10 de febrero (BOE 11/2/2017).

Cuarto. Cuantía:

Las subvenciones para los proyectos objeto de la presente convocatoria tendrán una cuantía máxima a otorgar de 24.650.000 €, financiados con cargo a las siguientes aplicaciones presupuestarias:

- 19.07 231H 484.03 por una cuantía de 11.300.000 €, que será cofinanciada por el Fondo Social Europeo,

- 19.07 231H 484.62 por una cuantía de 13.300.000 €, que será cofinanciada por el Fondo de Asilo, Migración e Integración, y

- 19.07 231H 780 por una cuantía de 50.0000 €

Se establece una cuantía adicional de 450.000 € con cargo a la aplicación presupuestaria 19.07 231H 780, que se prevé en concepto de financiación suplementaria derivada, en su caso, de una generación o incorporación de crédito. La efectividad de esta cuantía adicional estará condicionada a la obtención de la financiación añadida, que será publicada antes de la resolución de concesión

Quinto. Plazo de presentación de solicitudes:

Las solicitudes para participar en la presente convocatoria deberán presentarse en el plazo de veinte días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de este extracto en el Boletín Oficial del Estado

Madrid, 21 de julio de 2020.- El Director General de Inclusión y Atención Humanitaria, Francisco Miguel Dorado Nogueras.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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