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Documento BOE-B-2020-25143

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 210, de 4 de agosto de 2020, páginas 33590 a 33591 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-25143

TEXTO

Edicto.

Doña Cristina María Valero Domenech, Letrado/a Administración Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 4, de Valencia, por el presente,

Hago saber: Que en este Juzgado se tramitan autos de Concurso de Acreedores número 000099/2018 habiéndose dictado en fecha 27 de julio de 2020, por el Ilustrísimo/a. Sr/a. Magistrado-Juez del Juzgado de lo Mercantil número 4, de Valencia, auto firme de conclusión de concurso Voluntario, cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

"Parte Dispositiva

Acuerdo:

1.- Se Declara la Conclusión del Concurso Abreviado [CNA] Voluntario tramitado en este Juzgado bajo el número de procedimiento 000099/2018, promovido por el/la Procurador/a Sr/a Biforcos Sancho, Ramon Antonio, en nombre y representación de la mercantil Rehabilitaciones Volca Sociedad Limitada y el Archivo de las presentes acutaciones sin más trámite.

2.- Se acuerda el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación.

3.- Se acuerda disponer el cese del administrador concursal D/Dª Advecon Law & E, con CIF B66175985, revocando las autorizaciones otorgadas en el procedimiento concursal.

4.- Se acuerda declarar la Extinción de la mercantil Rehabilitaciones Volca Sociedad Limitada, con C.I.F. B98128754, procediendo en su caso al cierre de la hoja de inscripción en los Registros Públicos que corresponda, a cuyo efecto expídase testimonio y mandamiento por duplicado al Registro Mercantil de Valencia ya que contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art. 177 de la L.C.) y tiene carácter de firme.

5.- Se aprueba la cuenta rendida por la administración concursal en su informe de fecha 18 de febrero de 2020.

Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC expidiéndose los oportunos edictos para su publicación en el Boe de forma grautita (Disposición Transitoria segunda del R.D.L. 3/2009) y en el Borme, y asimismo en el tablón de anuncios del Juzgado y mandamientos que se entregarán al/la procurador/a de la concursada Biforcos Sancho, Ramón Antonio a fin de proceder a su diligenciamiento y gestión; quien en el plazo de diez días a contar desde la notificación de la presente resolución, deberá presentar en la Secretaría de éste Juzgado, acreditación de haber presentado en el Boe y Rpc los referidos edictos.

Llévese el original al libro de Autos Definitivos, dejando copia testimoniada en su lugar, e igualmente llévese testimonio de ésta resolución a la Sección 2ª del concurso.

Notifíquese la presente resolución a la administración concursal, al concursado y a los acreedores personados en forma en el procedimiento, haciéndoles saber que contra la pesente resolución no cabe recurso alguno (art. 177.1 LC)".

Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma S.Sª. Doy fé.

El/La Magistrado/a Juez/a. El/La Letrado/a Administración Justicia".

Valencia, 27 de julio de 2020.- El Letrado de la Admón. de Justicia, Cristina M.ª Valero Domenech.

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