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Documento BOE-B-2020-26115

VALENCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 219, de 14 de agosto de 2020, páginas 35058 a 35058 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-26115

TEXTO

Edicto

Don José Víctor Sanz Gordón, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Valencia, por el presente,

Hago Saber:

Que en este Juzgado se tramitan autos de concurso de acreedores num 1264/2019 habiéndose dictado en fecha 24 de enero de 2020 por el Ilmo Sr Magistrado Juez del Juzgado de lo Mercantil n 3 de Valencia auto firme de conclusión de concurso voluntario cuya parte dispositiva es del siguiente tenor:

Que debo acordar y acuerdo declarar en estado de Concurso Voluntario a la entidad Montajes y Estructuras Morales, S.L., cuyo datos son:

CIF B98596547, inscrita en el Registro Mercantil de Valencia al Tomo 9733., Libro 7015 Folio 131 hoja V 157466 inscripción 1 y con domicilio social en calle Federico Lorca 9, CP 46691 Vallada, Valencia, y la conclusión del concurso por insuficiencia de masa activa con la que atender el pago de los créditos contra la masa.

Acuerdo la disolución y la extinción de la personalidad jurídica de la sociedad con la consiguiente cancelación de su hoja registral.

Publíquese esta resolución por medio de edictos de inserción gratuíta y con el contenido establecido en el artículo 23 de la LC en el Boletín Oficial del Estado de forma gratuíta en los estrados de este Juzgado y en la web concursal. Comuníquese al Juzgado Decano de Valencia.

Expídase por el Sr Letrado de la administración de Justicia mandamiento por duplicado al Registro Mercantil en el que figure inscrita la sociedad al que se adjuntará testimonio de esta resolución para que proceda a la inscripción de la declaración del concurso y de la conclusión procediendo a su inserción en el portal de Internet. Asimismo deberá proceder al cierre de la hoja de inscripción de la concursada en el Registro.

Hágase entrega al Procurador solicitante de los despachos acordados expedir para que cuide de su curso y gestión concediéndosele un plazo de diez días para que acredite la publicación de los edictos y la presentación de los mandamientos.

Fórmese de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 16 de la Ley la Sección 1 del concurso que se encabezará con la solicitud del deudor.

Notifíquese esta resolución al deudor.

Contra este auto cabe interponer Recurso de Apelación en un plazo de veinte días ante este Juzgado y para la Ilustrísima Audiencia Provincial de Valencia plazo que se computará a los terceros interesados a partir de su publicación en el BOE art 176 bis apart. 4 LC.

Valencia, 24 de enero de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, José Víctor Sanz Gordón.

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