Doña Ana Isabel González Peinado, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Murcia, por el presente,
Hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el nº CNA 329/2009 con N.I.G.: 30030 47 1 2009 0000789 se ha dictado en fecha 4 de noviembre de 2019 auto de conclusión de concurso voluntario del deudor Nicoferro, S.A., con cif A30215479 acordando la conclusión y archivo de las actuaciones.
2º.- Se acuerda la extinción de la persona jurídica, así como la cancelación de su inscripción en los oportunos Registros Públicos.
3º.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición, quedando el deudor responsable del pago de los créditos restantes.
4º.- Los acreedores podrán iniciar o continuar ejecuciones singulares en tanto no se acuerde la reapertura del concurso.
5º.- Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 181.3- y el cese de su actuación.
Murcia, 16 de enero de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Ana Isabel González Peinado.
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