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Documento BOE-B-2020-2767

SEGOVIA

Publicado en:
«BOE» núm. 20, de 23 de enero de 2020, páginas 3700 a 3700 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-2767

TEXTO

EDICTO

Don Luis García Aguado, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia número 2 de esta Ciudad de Segovia y su Partido y de lo Mercantil,

Hace saber:

Que en los autos de concurso de acreedores 475/07 seguidos a instancia de ALIMENTOS REFRIGERADOS, S.A., se ha acordado, por resolución de fecha 18 de noviembre de 2019 lo siguiente: "Que debo ORDENAR Y ORDENO la reapertura el concurso de ALIMENTOS REFRIGERADOS, S.A., con domicilio en la carretera de San Rafael 42 y CIF A4001489, a los efectos de la liquidación de los activos existentes.

Se acuerda la reapertura de la hoja registral en la forma prevista en el Reglamento del Registro Mercantil, a cuyo efecto expídase mandamiento al referido Registro.

Se nombra Administrador concursal, que ostentará las facultades propias del órgano de liquidación de la mercantil, a Emilio Fuentetaja Sanz, Luis Martín Bernardo y Alakandro Latorre Atance. La persona designada deberá comparecer ante este Juzgado, dentro de los cinco días siguientes a la comunicación de esta resolución, al efecto de aceptar el cargo, así como para acreditar que tiene suscrito un seguro de responsabilidad civil o garantía equivalente proporcional a la naturaleza y alcance del riesgo cubierto, para responder de los posibles daños en el ejercicio de su función; de igual forma deberá facilitar al Juzgado, en el momento de aceptar el cargo, las direcciones postal y electrónica en las que efectuar la comunicación de créditos por los acreedores, así como cualquier otra notificación. Aceptado el cargo, deberán emitir informe, dentro de los cinco días siguientes, sobre la cuantía de la retribución, cuantificando su importe, conforme a lo dispuesto en el artículo 30 de la LC.

Llámese a los acreedores de la concursada para que pongan en conocimiento de la Administración concursal la existencia de sus créditos en el plazo de un mes a contar desde la publicación de este auto, a cuyo efecto dirigirán su comunicación a la dirección postal o electrónica designada por la Administración concursal, en los términos previstos en el art. 85 LC".

Segovia, 20 de noviembre de 2019.- Letrado de la Administración de Justicia, Luis García Aguado.

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