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Documento BOE-B-2020-27907

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 236, de 3 de septiembre de 2020, páginas 37535 a 37536 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-27907

TEXTO

Don Xavier García Bonet, el Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Barcelona al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de Asunto. Concurso consecutivo 830/2020. Sección: 3.

NIG: 0801947120208008730.

Fecha del auto de declaración. 15-06-2020.

Clase de concurso. Concurso consecutivo.

Entidad Concursada. Iván Guasch Carreres, con DNI 44005823S.

Administradores concursales.

Se ha designado como administrador concursal:

Cristian Valcárcel Bernal, con NIF 47.641.165-T.

Dirección postal: Calle Escoles Pies, 102, 08017 Barcelona.

Dirección electrónica: cristian.valcarcel@dwf.rcd.law

Régimen de las facultades del concursado. Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores. Los acreedores deben comunicar sus créditos a la Administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 85 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un MES a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Vía de les Corts Catalanes, 111, (Edifici C) - Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos por abogado (art. 184.3 LC). La personación se debe realizar en esta Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Apertura de la sección 5.ª Liquidación:

Se tiene por presentado el plan de Liquidación o alegaciones sobre la imposibilidad de presentar plan de Liquidación. En ambos casos se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular alegaciones.

Se tiene por presentado el Informe del art. 75 LC por lo que las impugnaciones al mismo deberán presentarse dentro del plazo previsto para la comunicación de créditos.

Los acreedores podrán mediante escrito razonado solicitar la apertura de la sección de calificación en el mismo plazo.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 30 de junio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Xavier García Bonet.

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