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Documento BOE-B-2020-28960

CAZALLA DE LA SIERRA

Publicado en:
«BOE» núm. 242, de 10 de septiembre de 2020, páginas 38924 a 38925 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-28960

TEXTO

Edicto

D. Eduardo García Castro, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 1 de Cazalla de la Sierra

Hago saber: Que en este Juzgado y con el n.º 489/2018 se sigue a instancia de Juan Antonio Pérez Valencia expediente para la declaración de fallecimiento de Antonio Pérez Gil, natural de Constantina, vecino de dicha localidad, quien se ausentó de su último domicilio en agosto de 1936, no teniéndose de él noticias desde ese momento, ignorándose su paradero. En el citado expediente ha recaído la siguiente resolución de admisión, lo que se hace público para los que tengan noticias de su existencia puedan ponerlos en conocimiento del Juzgado y ser oídos:

DECRETO

Letrada de la Administración de Justicia, Sra. Natalia Tamés Llana.

En Cazalla de la Sierra, a trece de noviembre de dos mil dieciocho.

PARTE DISPOSITIVA

Admito la solicitud presentada por Juan Antonio Pérez Valencia sobre declaración de fallecimiento de Antonio Pérez Gil. Y tengo a Juan Antonio Pérez Valencia como comparecido y parte y con quien se entenderán las diligencias sucesivas.

Acuerdo la celebración de la oportuna comparecencia, la cual será objeto de señalamiento en resolución aparte, una vez se proceda a la apertura de la agenda de señalamientos de 2019.

A la comparecencia, se citará a la parte solicitante, al Ministerio Fiscal y los familiares reseñados en la solicitud, es decir, los nietos de Antonio Pérez Gil en los respectivos domicilios que constan en las actuaciones; con la antelación y prevenciones previstas en el art. 17.3 y 18.2 LJV, para lo que se expedirán las cédulas de citación y despachos que fueren necesarios.

En las cédulas, se advertirá:

1ª) A la parte solicitante:- si no asiste a la vista, se le tendrá por desistido de la demanda y se acordará el archivo de la solicitud (art. 18.2.1ª LJV).

2ª) A las demás personas citadas:- si alguna no comparece, la comparecencia se celebrará y continuará el expediente sin más citaciones ni notificaciones que las que la ley disponga (art. 18.2.1ª LJV).- si alguna va a formular oposición, debe hacerlo en los 5 días siguientes a su citación pero ello no hará que el expediente se torne contencioso ni impedirá que continúe su tramitación hasta que sea resuelto, salvo que la ley expresamente lo prevea.

3ª) A todas las personas citadas:- deben comparecer a la vista con los medios de prueba de que intenten valerse (art. 16.3 LJV)- deben comunicar a este Órgano cualquier cambio de domicilio que se produzca durante la sustanciación de este proceso. Así como los cambios relativos a sus números de teléfono, fax, dirección de correo electrónico o similar, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con la Oficina judicial (art. 155.5 LEC).

Con carácter previo, publíquese dos veces la presente resolución de admisión mediante edictos, con intervalo mínimo de ocho días, en el tablón de anuncios de este Juzgado, en el tablón de anuncios del Ayuntamiento de Constantina y en el BOE, conforme a lo dispuesto en el artículo 70.2 de la LJV. Entréguense los edictos para su diligenciado al solicitante. A tal efecto líbrese exhorto al Juzgado de Paz de Constantina.

Modo de impugnación: recurso de Reposición ante el/la Letrado de la Administración de Justicia, mediante un escrito que se debe presentar en el plazo de cinco días, contados desde el siguiente al de la notificación, en el que se debe expresar la infracción en que haya incurrido la resolución. Sin estos requisitos no se admitirá la impugnación. La interposición del recurso no tendrá efectos suspensivos respecto de la resolución recurrida (artículos 451 y 452 LEC).

Lo acuerdo y firmo.

Cazalla de la Sierra, 28 de julio de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Natalia Tamés Llana.

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