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Documento BOE-B-2020-29591

JAÉN

Publicado en:
«BOE» núm. 245, de 14 de septiembre de 2020, páginas 39656 a 39656 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-29591

TEXTO

Edicto

El Juzgado de lo Mercantil de Jaén, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 35 del Texto Refundido de la Ley Concursal (TRLC), anuncia:

1º.- Que en el procedimiento número 414/2020, con NIG 2305042120200005858 por auto de fecha 03/09/2020 se ha declarado en concurso de acreedores consecutivo a los deudores D.ª Joaquín Alejandre Rivera y a D.ª María Teresa Troyano Ruíz, con D.N.I. números 26198712X y 26201501Q, respectívamente, ambos con domicilio en la Avenida Andalucía n.º 9, 2.º E, de Linares (Jaén).

2º.- Se acuerda la apertura de la fase de liquidación y la suspensión del ejercicio de las facultades de administración y disposición sobre su patrimonio, con todos los efectos establecidos para ella en el título VIII del TRLC.

3º.- Se acuerda la extinción del derecho a la obtención de alimentos con cargo al a masa activa.

4º.- Los concursados y los acreedores, dentro del plazo de quince días desde la presente publicación podrán formular alegaciones al plan de liquidación. Podrán formular también observaciones sobre la concurrencia de los requisitos exigidos para acordar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho de los concursados. Los acreedores también podrán solicitar, mediante escrito razonado, la apertura de la sección de calificación (art. 719.1 de TRLC)

5º- Que los acreedores de los concursados deberán dirigir a la administración concursal la existencia de sus créditos en la forma y con los datos expresados en los art. 256 y 257 del TRLC. A estos efectos se informa que la administración concursal designada ha sido: D. Gabriel Tamayo Rojas.

Domicilio: C/ San Francisco Javier, n.º 7, 4.º D. 23006 Jaén.

Profesión: Economista.

Correo electrónico: gtamayorojas@economistas.org

El plazo para esta comunicación es el de un mes a contar de la última publicación de los anuncios que se ha ordenado publicar en el Boletín Oficial del Estado, Registro Público Concursal, tablón de anuncios del Juzgado y Sede Judicial Electrónica del Portal Adriano.

6º- Que los legitimados conforme al TRLC para personarse en el procedimiento deben hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Letrado (art. 512)

7º.- La dirección electrónica del Registro Público Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es la siguiente: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/

Jaén, 8 de septiembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Manuel Gabriel Blanca Buendía.

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