Por el Abogado del la Generalidad de Cataluña, en nombre y representación de la Generalidad de Cataluña, se ha interpuesto ante la Sala Tercera, Sección Tercera del Tribunal Supremo, recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 646/2020, de 7 de julio, que ha sido admitido a trámite por resolución de 17 de septiembre de 2020 y figura registrado con el número 1/259/2020.
Lo que se hace público a los efectos de que cualquier persona que tenga interés legítimo en sostener la conformidad a Derecho de la actuación recurrida pueda personarse como demandado en el expresado recurso en el plazo de nueve días contados a partir de la publicación del presente.
Madrid, 17 de septiembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Luis Martín Contreras.
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