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Documento BOE-B-2020-31067

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 252, de 22 de septiembre de 2020, páginas 41466 a 41466 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-31067

TEXTO

Don José Vela Pérez, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 3 de Barcelona, al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto: Concurso consecutivo 308/2020. Sección: C5.

NIG: 0801947120208002720.

Fecha del auto de declaración: 30/7/20.

Clase de concurso: Consecutivo.

Concursado: Jan Hendrik Van De Werken, con NIF X06982662T.

Administradores concursales: Se ha designado como administrador concursal: Don Antonio Carlos Albert Seseña. Dirección postal: Calle Balmes 26, 3.º, 1.ª, 08007 - Barcelona. Dirección electrónica: concursal@gacgrup.com

Régimen de las facultades del concursado: Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes, 111, Edifici C, planta 12 - Barcelona.

Forma de personación: Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Informe art. 75 LC. Se tiene por presentado junto a la solicitud de concurso y procédase conforme lo preceptuado en los arts. 95 y 96 LC.

Plan de liquidación: Se da traslado a los acreedores por plazo de 10 días para formular alegaciones a la imposibilidad de presentar plan de liquidación por no exisitir activos realizables.

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 4 de septiembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, José Vela Pérez,.

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