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Documento BOE-B-2020-32132

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 28 de septiembre de 2020, páginas 42917 a 42917 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-32132

TEXTO

Edicto.

Don Xavier García Bonet, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil n.º 11 de Barcelona, al objeto de dar publicidad al auto de declaración de concurso dictado por este órgano judicial,

Hago saber:

Número de asunto: Concurso Consecutivo 1284/2020. Sección: 4.

NIG: 0801947120208013865.

Fecha del auto de declaración: 14 de septiembre de 2020.

Clase de concurso: Consecutivo (sin masa).

Entidad concursada: Doña María Carmen Navarro Serra, DNI 44994988L.

Administradores concursales: Se ha designado como administrador concursal: Don Ramón Badía Teruel. Dirección postal: Calle Sant Joan, 22 local, 25310 Agramunt. Dirección electrónica: rbadia@ramonbadia.com

Régimen de las facultades del concursado: Suspendidas.

Llamamiento a los acreedores: Los acreedores deben comunicar sus créditos a la administración concursal, a través de la dirección postal o electrónica antes señaladas, a los efectos de su inclusión en la lista de acreedores y posterior reconocimiento y clasificación de conformidad con el art. 255 de la Ley Concursal (LC), en el plazo de un mes a contar desde la publicación.

La lista de acreedores puede consultarse en la Oficina Judicial, sita en Avenida Gran Via de les Corts Catalanes,111 (edifici C), Barcelona.

Forma de personación. Los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deben hacerlo por medio de procurador y asistidos de abogado (art. 512 LC). La personación se debe realizar en la Oficina de Tramitación Concursal a los Órganos Mercantiles.

Se tiene por presentado las alegaciones sobre la imposibilidad de presentar Plan de Liquidación. En ambos casos se da traslado a los acreedores por el plazo de 10 días para formular alegaciones.

Se tiene por presentado el informe del art.292 LC por lo que las impugnaciones al mismo deben presentarse dentro del plazo previsto para la comunicación de créditos

Los acreedores podrán mediante escrito razonado solicitar la apertura de la sección de calificación en el mismo plazo

Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Barcelona, 14 de septiembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Xavier García Bonet.

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