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Documento BOE-B-2020-32167

PAMPLONA

Publicado en:
«BOE» núm. 257, de 28 de septiembre de 2020, páginas 42952 a 42952 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-32167

TEXTO

El Juzgado de lo Mercantil de Pamplona/Iruña, anuncia:

Que en el procedimiento concursal número 51/2017, referente al concursado Librería Gómez, S.A., con CIF A31131816, con domicilio en Avenida Pío XII /Pio XII aren Etorbidea 35, entreplanta de Pamplona/Iruña por auto de fecha 18 de septiembre de 2020, se ha acordado la conclusión del concurso, cuya parte dispositiva dice asi:

1.º Acordar la conclusión del concurso de acreedores de la entidad Librería Gómez, S.A.

2.º Declarar aprobadas las cuentas rendidas, por la Administración Concursal.

3.º Inscríbase la presente resolución en la hoja abierta a la referida sociedad en el Registro Mercantil de Navarra, inscrita al tomo 487, folio 63, hoja NA-3176. A tal fin expídase mandamiento a dicho Registro Público con expresión de la firmeza de esta resolución.

4.º Acordar la extinción de la referida sociedad y disponer el cierre de su hoja de inscripción en el Registro Mercantil de Navarra, a cuyo efecto expídase mandamiento al Registro Mercantil de Navarra con expresión de su firmeza, comprensivo de los datos de identificación y parte dispositiva.

5.º Dése publicidad a la presente resolución mediante publicación en el RPC y en el tablón de anuncios de este juzgado.

De conformidad con lo dispuesto en el art. 8.1 del RD 829/13 de 15 de noviembre por el que se regula el RPC, no siendo hasta el momento posible el traslado de las resoluciones a través de la aplicación electrónica, entréguese la documentación necesaria para su publicidad en el RPC al procurador del solicitante del concurso para su inmediata remisión al RPC, haciendo constar que la presente resolución es firme.

6.º Remítase esta resolución al Boletín Oficial del Estado para que sea publicada, de forma gratuita y por medio de edicto a la mayor brevedad, en virtud del art. 482 TRLC.

Entréguense los oficios con los edictos correspondientes, al procurador de la concursada para que cuide su curso y gestión, apercibiéndole de su cumplimentación y remisión de inmediato a los anteriores medios de publicidad acordados.

Líbrese exhorto al Juzgado Decano de Pamplona, a fin de que ponga en conocimiento de todos los Juzgados de 1.ª Instancia y social, la conclusión del presente concurso a los efectos de los art. 483 y siguientes TRLC.

Recurso. Contra el presente auto no cabe recurso alguno (art.481.1 TRLC).

Pamplona/Iruña, 18 de septiembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Elena María Daniel del Valle.

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