Edicto.
Doña Cristina Martínez García, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil, núm. 2 de A Coruña, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 23 de la Ley Concursal (LC), anuncia:
Que en el procedimiento CNA 146/12, se ha dictado Auto de Conclusión de Concurso con fecha 10/1/19, que es firme, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
"Parte dispositiva
1.- Se decreta la conclusión, por insuficiencia de la masa activa para satisfacer los créditos contra la masa, del presente concurso de acreedores de IGLESIAS, VAAMONDE Y MATO, S.L., C.I.F. B-15.530.355, con domicilio social en la calle San Roque número 15-23, 1º de Coruña, con los efectos legales inherentes.
2.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor.
3.- Se aprueba la rendición de cuentas formulada por la administración concursal y el cese del administrador concursal.
4.- Se acuerda la extinción de la sociedad IGLESIAS, VAAMONDE Y MATO, S.L., y la cancelación de su inscripción en el Registro Mercantil (inscrita en el Registro Mercantil de Coruña, Tomo 1.715, Folio 160, Hoja C-15.092) y los demás registros correspondientes, a cuyo efecto se expedirá mandamiento conteniendo testimonio de la resolución firme.
5.- Notifíquese esta resolución a todas las partes personadas y a la administración concursal. Publíquese en el BOE y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.
6.- Únase testimonio al expediente y llévese el original al legajo correspondiente.
Modo de impugnación Contra la presente resolución no cabe recurso alguno (art 177 de la LC).
Así lo manda y firma S.Sª Dª. María Salomé Martínez Bouzas, Magistrada-Juez del Juzgado de lo Mercantil número dos de Coruña. Doy Fe.
El/La Magistrado-Juez El/La Letrado de la Administración de Justicia.".
A Coruña, 3 de septiembre de 2019.- La Letrada de la Administración de Justicia, Cristina Martínez García.
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