El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción n.º 3 de Colmenar Viejo hace saber:
1.-Que en el Concurso consecutivo 260/2019, con Número de Identificación General del procedimiento 28.045.00.2-2018/0006214, por auto n.º 273/2020 de fecha 24/08/2020, se ha declarado en concurso voluntario, que se tramitará por el procedimiento abreviado, a D. Federico Javier Morera de la Vall Alegría, con DNI 00404300Y y doña Olga María Rodríguez Camuñas Escribano, DNI 02611751D, y domiciliado en Calle Sector: Músicos, n.º 35, 4.º D, 28760 Tres Cantos (Madrid).
2.-Que los acreedores del concursado comunicarán sus créditos en la forma prevista en el articulo artículo 255 del Real Decreto Legislativo 1/2020 de 5 de mayo, en el plazo de un mes, desde la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
3.-Que el deudor queda suspendido en sus facultades de administración y disposición de su patrimonio, sustituido por la Administración concursal
4.-La identidad de la Administración concursal es D. José Lorenzo Ruiz Balaguer Espuny colegiado 61246, con domicilio postal en calle Ríos Rosas, n.º 36, 3.º centro, 28003 Madrid, y dirección electrónica: lorenzo.espuny@iter-concursal.es, ello para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos de conformidad con el artículo 255 del Real Decreto Legislativo 1/2020 de 5 de mayo, en cualquiera de las dos direcciones.
5.-Que los acreedores y demás interesados en personarse en el concurso lo deberán realizar por medio de Abogado y Procurador, salvo lo previsto en la legislación laboral respecto a los trabajadores del concursado.
6.-Que la dirección electrónica del Registro Publico Concursal donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso, es www.publicidadconcursal.es
7.-Que se ha procedido ala apertura de la fase de liquidación del concurso en los términos previstos en el articulo 530 del Real Decreto Legislativo 1/2020 de 5 de mayo
Colmenar Viejo, 22 de septiembre de 2020.- El Letrado de la Administración de Justicia, Tomás Antonio Laso Ordóñez.
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