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Documento BOE-B-2020-32768

TOLEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 261, de 2 de octubre de 2020, páginas 43736 a 43736 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-32768

TEXTO

Doña María Isabel Collado Cordero, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de 1.ª Instancia e Instrucción n.º 1 y de lo Mercantil de Toledo, por el presente, hago saber:

1.º- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el sección I declaración concurso 10/2020 y NIG nº 45168 41 1 2020 0000083, se ha dictado en fecha 24-09-2020 Auto de Declaración de Concurso Consecutivo y apertura de la fase de liquidación del deudor Gema Sierra Sanchez y Antonio Fuentes Rodriguez, cuyo centro de intereses principales lo tiene en C/ Joaquina Santander, Nº 53 Esc. Izq. Planta 1ª, Letra A de Talavera de la Reina (Toledo).

2.º- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición que ejercerá la administración concursal. concursal/Liquidador Emilio Fernando Gutiérrez Gracia, con D.N.I. 04.173.095-K, y domicilio profesional en C/San Clemente,11-C local 2 de Talavera de la Reina (Toledo), y dirección electrónica concursos@emiliogutierrezabogado.es para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.

3.º- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en los artículo 255,256 y 257 del TRLC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de UN mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Se pone de manifiesto que no se admitirán comunicaciones de créditos ni otros actos de comunicación con la Administración concursal a través del Juzgado.

5º.- Se ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso, y se ha puesto de manifiesto en la Oficina Judicial el Plan de Liquidación de los bienes y derechos de los concursados, elaborado por el mediador/administrador concursal.

El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de quince dias, computados desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el plan, formular observaciones y propuestas de modificación al mismo.

Asimismo, el deudor y los acreedores, dentro del plazo de alegaciones al plan de liquidación, podrán formular también observaciones sobre la concurrencia de los requisitos exigidos para acordar el beneficio de la exoneración del pasivo insatisfecho del concursado persona natural. Los acreedores también podrán solicitar, mediante escrito razonado, la apertura de la sección de calificación.

Toledo, 25 de septiembre de 2020.- La Letrada de la Administracion de Justicia, María Isabel Collado Cordero.

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