BDNS(Identif.):525644
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/525644)
Primero. Entidades beneficiarias.
Podrán ser entidades participantes y beneficiarias de estas ayudas aquellas entidades de las contempladas en el artículo 3 de la orden de bases y en las que concurra alguna de las siguientes circunstancias:
a) Que hayan obtenido una ayuda para la realización de un proyecto de investigación financiado por las ayudas a «Proyectos de I+D+i», en el marco del Programa Estatal de Generación de Conocimiento y Fortalecimiento Científico y Tecnológico del Sistema de I+D+i y del Programa Estatal de I+D+i Orientada a los Retos de la Sociedad, del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020, en su convocatoria 2019, convocada por la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación, y que tales proyectos hayan resultado seleccionados como susceptibles de tener asociada una ayuda para la formación de doctores, a través de esta convocatoria.
b) Que hayan obtenido una ayuda en el marco de las convocatorias de Apoyo a Centros de Excelencia Severo Ochoa y Unidades de Excelencia María de Maeztu, correspondientes a 2016, 2017, 2018 y 2019, convocadas por la Presidencia de la Agencia Estatal de Investigación.
c) Que sean centros públicos de I+D+i de investigación agraria y alimentaria dependientes de las Comunidades Autónomas, integrados en las Consejerías responsables de la investigación agroalimentaria de las Comunidades Autónomas, participantes en la Comisión Coordinadora de Investigación Agraria INIA-CCAA y participen en proyectos de investigación que se desarrollen dentro de una línea de investigación prioritaria para el año 2020, fijada por el Instituto Nacional de Investigación y Tecnología Agraria y Alimentaria.
Las entidades participantes y beneficiarias deberán cumplir, igualmente, el resto de requisitos establecidos en la resolución de convocatoria.
Segundo. Objeto.
El objeto de esta convocatoria es la formación de doctores mediante la financiación de contratos laborales, bajo la modalidad de contrato predoctoral, con una duración máxima de 4 años, a fin de que investigadores en formación realicen una tesis doctoral asociada a un proyecto de investigación de entre los descritos en el artículo 13.2 de la resolución de convocatoria.
A su vez, esta convocatoria también tiene por objeto financiar la contratación laboral, durante un periodo de orientación postdoctoral de una duración mínima de 6 meses y máxima de 12 meses, de aquellos doctorandos que obtengan el título de doctor con antelación al mes 43, a contar desde el inicio de la ayuda predoctoral.
Podrán ser solicitantes todas aquellas personas que se encuentren matriculadas o admitidas en un programa de doctorado para el curso 2020/2021, en el momento de presentación de la solicitud. También podrán ser solicitantes todas aquellas personas que, en el momento de presentación de la solicitud, no estando matriculadas o admitidas en un programa de doctorado, estén en disposición de estarlo en la fecha en la que se formalice del contrato.
Las personas solicitantes deberán cumplir, igualmente, el resto de requisitos establecidos en la resolución de convocatoria.
Tercero. Bases reguladoras.
Orden CNU/692/2019, de 20 de junio, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas públicas en el marco del Programa Estatal de Promoción del Talento y su Empleabilidad en I+D+i del Plan Estatal de Investigación Científica y Técnica y de Innovación 2017-2020 destinadas a personas físicas y organismos de investigación y de difusión de conocimientos.
Cuarto. Cuantía.
La cuantía total máxima destinada a financiar las ayudas de esta convocatoria será de 108.954.960 euros, con cargo al presupuesto de gastos de la Agencia Estatal de Investigación para el año 2022, o equivalentes de ejercicios posteriores, de acuerdo con las disponibilidades presupuestarias.
Quinto. Plazo y forma de presentación de solicitudes.
Las solicitudes de participación serán presentadas por los candidatos, de conformidad con el procedimiento que se describe en el artículo 12 de la resolución de convocatoria.
La cumplimentación y envío telemático de la solicitud deberá realizarse obligatoriamente a través de los medios electrónicos habilitados para ello en la sede electrónica del Ministerio de Ciencia e Innovación.
El plazo de presentación de las solicitudes de participación será del 13 de octubre al 27 de octubre de 2020 a las 14:00 horas (hora peninsular española).
Sexto. Criterios de evaluación de las solicitudes de ayuda.
Las solicitudes se evaluarán, con las puntuaciones establecidas en el Anexo I de la resolución de convocatoria, según los siguientes criterios:
a) Trayectoria académica o profesional del candidato/a.
b) Adecuación del candidato/a a las actividades de investigación a desarrollar.
La descripción de los criterios y sus subcriterios, así como su valoración, se determinan en el Anexo I de la resolución de convocatoria.
Madrid, 30 de septiembre de 2020.- El Presidente de la Agencia Estatal de Investigación, Rafael Rodrigo Montero.
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