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Documento BOE-B-2020-33562

Extracto de la Orden de 23 de septiembre de 2020, por la que se convocan subvenciones a asociaciones juveniles y a federaciones y confederaciones de estudiantes cuyo ámbito de actuación sea la universidad.

Publicado en:
«BOE» núm. 263, de 5 de octubre de 2020, páginas 44766 a 44767 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Universidades
Referencia:
BOE-B-2020-33562

TEXTO

BDNS(Identif.):524991

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/524991)

Primero.- Beneficiarios:

Asociaciones juveniles y Federaciones y Confederaciones de estudiantes de ámbito nacional cuya implantación y campo de actuación sea el Sistema Universitario y por tanto, el ámbito territorial de más de una Comunidad Autónoma, que tengan como finalidad participar en la vida universitaria, respetando las normas democráticas explicitadas en la Constitución y en la Ley Orgánica 4/2007, de 12 de abril, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades.

Segundo.- Objeto:

Financiar los gastos derivados de la organización de actividades dirigidas a fomentar la participación estudiantil en las universidades, el desarrollo del asociacionismo relacionado directamente con la educación universitaria, el intercambio entre organizaciones estudiantiles de carácter universitario dentro del Espacio Europeo de Educación Superior, así como, de actividades de carácter científico, solidario y formativo en el ámbito universitario o de promoción y desarrollo de los proyectos Campus de Excelencia Internacional, llevadas a cabo por Asociaciones juveniles y Federaciones y Confederaciones de estudiantes en el ámbito universitario.

Tercero.- Bases reguladoras:

Orden ECI/1305/2005, de 20 de abril (Boletín Oficial del Estado número 113, de 12 de mayo de 2005), de bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva.

Cuarto.- Cuantía:

Importe total a subvencionar: 18.000,00€.

Cuantía máxima de la subvención por solicitud: hasta un máximo de 2.000,00€.

Número máximo de actividades subvencionables por solicitud: 2

Cuantía máxima de la subvención por actividad: hasta un máximo de 1.000 €.

Quinto.- Plazo y presentación de solicitudes:

El plazo de presentación de solicitudes será de quince días naturales, contados desde el día siguiente al de la publicación del extracto de esta convocatoria en el B.O.E.

Las solicitudes se cumplimentarán en los formularios que el Ministerio de Universidades hará accesibles en la sede electrónica https://sede.educacion.gob.es/sede/login/Inicio.jjsp.

Madrid, 23 de septiembre de 2020.- El Ministro de Universidades, P.D. (Orden. CNU/450/2019, de 12 abril, y disposición transitoria cuarta del RD 431/2020, de 3 de marzo), el Secretario General de Universidades, José Manual Pingarrón Carrazón.

ANÁLISIS

Tipo:
Subvenciones (SNPS)

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