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Documento BOE-B-2020-33725

MADRID

Publicado en:
«BOE» núm. 264, de 6 de octubre de 2020, páginas 44930 a 44930 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-33725

TEXTO

Concurso abreviado 655/2010

El Juzgado de lo Mercantil nº 4 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 401 del Texto Refundido de la Ley concursal (RDL 1/2020 de 5 de mayo) anuncia que;

En los autos de Concurso Abreviado seguido contra Centro Médico Complutense S.L. se ha dictado en fecha 8 de Octubre de 2018, el auto que cuyo contenido extractado de la parte dispositiva es del tenor siguiente:

1.- Se declara cumplido íntegramente el convenio suscrito por el deudor Centro Médico Complutense S.L. con CIF B80799828 con sus acreedores y que fue aprobado por sentencia de este Juzgado de 08/09/2018, dictada en este procedimiento concursal.

2.- Publíquese esta resolución en el Boletín Oficial del Estado Registro Público Concursal y en el Tablón de Anuncios de este Juzgado.

3.- Líbrense mandamientos a los Registros en los que está inscrito el concurso, para la inscripción de la presente declaración judicial de cumplimiento del convenio. Despachos que se entregarán al Procurador del concursado a fin de que cuide de su diligenciado.

Contra la presente resolución cabe interponer recurso de Reposición en el plazo de cinco días, ante este Juzgado, expresando la infracción en que la resolución hubiera incurrido a juicio del recurrente (artículos 451 y siguientes de la L.E.Civil), previa la constitución de un depósito de 25 euros, en la cuenta 2229-0000-00-0655-10 de esta Oficina Judicial de la cuenta general de Depósitos y Consignaciones abierta en Banco De Santander.

Si las cantidades van a ser ingresadas por transferencia bancaria, deberá ingresarlas en la cuenta número IBAN ES55 0049 3569 9200 0500 1274, indicando en el campo beneficiario Juzgado de lo Mercantil nº 04 de Madrid, y en el campo observaciones o concepto se consignarán los siguientes dígitos 2229-0000-00-0655-10

No se admitirá a trámite ningún recurso cuyo depósito no esté constituido (L.O. 1/2009 Disposición Adicional 15).

Lo acuerda y firma S. S.ª Doy fe.

EL/La Juez/Magistrado-Juez El/La Letrado/a de la Admón. de Justicia

Y para que sirva de notificación a los interesados expido y firmo la presente

Madrid, 30 de septiembre de 2020.- El Letrado/a de la Admón. de Justicia, María Jesús Rodríguez Fernández.

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