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Documento BOE-B-2020-33891

TELDE

Publicado en:
«BOE» núm. 265, de 7 de octubre de 2020, páginas 45165 a 45165 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-33891

TEXTO

E D I C T O

CEDULA DE NOTIFICACION

Doña. Maria del Carmen García Corgo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 6 de Telde, por el presente HAGO SABER:

1.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número 1032/2020, se ha dictado Auto el día 30 de septiembre 2020, declarando en estado legal de concurso voluntario al deudor DOÑA KRISHNA MISHRA HERNÁNDEZ, con DNI 78.702.243-S y domicilio en la Calle Maestra María del Rosario Hernández Santana nº 10-3º D, Telde, que se seguirá por los trámites del procedimiento abreviado.

2.- Se ha acordado la conservación de las facultades de administración y disposición de la deudora sobre su patrimonio, quedando sometida en su ejercicio a la intervención de la administración concursal, mediante su autorización o conformidad.

3.- Se ha designado como administrador concursal al letrado DON VICTOR MANUEL LUBILLO MONTENEGRO, con DNI n.º 42.802.310-T, quien dispone del plazo de UN MES para la presentación del informe previsto en el art. 525 L.C.

Dirección postal: Avda. de Tirajana nº 37, Edificio Mercurio Torre II-1º G, 35100-Playa del Inglés.

Correo electrónico: vlubillo@gmail.com

4.- Para que los acreedores efectúen la comunicación de créditos a la administración concursal en la forma establecida en el art. 255 L.C. disponen de un plazo de QUINCE DÍAS hábiles contado desde la última publicación de los anuncios de la declaración del concurso en el BOE, el tablón de anuncios del Juzgado y Registro Público Concursal.

5.- Dirección electrónica del Registro Público concursal donde se publicarán las1 resoluciones que traigan causa del concurso: https://www.publicidadconcursal.es

Y para que sirva de publicación a los efectos acordados en el Auto dictado, así como de notificación a los acreedores y al deudor en el caso de que éste no hubiere comparecido, de conformidad a lo establecido en el art. 33, 35 y 255 de la Ley Concursal.

Telde, 2 de octubre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, María del Carmen García Corgo.

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