Juzgado de lo Mercantil nº 9 de Madrid, en cumplimiento de lo dispuesto en el Real Decreto Legislativo 1/2020 de 5 de mayo texto refundido de la Ley Concursal (LC), anuncia:
1º.- Que en el procedimiento Concurso Abreviado 533/2014 seguido contra PROAVANT, S.L., con CIF B80513641, por auto de fecha 30 de septiembre de 2020 se ha decretado la conclusión y archivo del concurso por insuficiencia de la masa activa para la satisfacción de los créditos contra la masa, artículos 249 y 474 del Real Decreto Legislativo 1/2020 de 5 de mayo texto refundido de la Ley Concursal (LC).
2º.- Cesan las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor subsistentes, salvo las que se contengan en la sentencia firme de calificación en su caso.
3º.- Tratándose en este caso de una persona jurídica, procede conforme a lo ordenado en el artículo 485 del Real Decreto Legislativo 1/2020 de 5 de mayo texto refundido de la Ley Concursal (LC), declarar su extinción.
Madrid, 30 de septiembre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, Gustavo Adolfo Carasa Antón.
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