Doña Lucía Peces Gómez Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz, anuncia:
Que en la Sección I Declaración Concurso 218/2011 seguido en este órgano judicial, a instancia de la Procuradora de la mercantil SOCIEDAD COOPERATIVA FRUTOS CAVAL, con CIF F-06189500, se ha dictado Auto de fecha 30 de septiembre de 2020, cuyo fallo es del contenido literal siguiente:
1º.- Declarar la conclusión del concurso ordinario voluntario, instado por la Procuradora doña Silvia Espejo Franco, de la mercantil SOCIEDAD COOPERATIVA FRUTOS CAVAL, con CIF F-06189500, declarado mediante Auto de fecha 20 de octubre de 2011, con domicilio en Valdelacalzada (Badajoz), calle Calzada Romana s/n, al haber concluido la liquidación de los bienes y derechos de la concursada.
2º.- Archivar definitivamente las actuaciones. Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.
3º.- Declarar el cese de las limitaciones de las facultades de administración y disposición del deudor hasta ahora subsistentes.
4º.- Dar curso a la extinción de la entidad y el cierre de su hoja de inscripción en los registros públicos que corresponda, a cuyo efecto se expídanse los correspondientes mandamientos, firme la resolución, adjuntándose testimonio de la presente resolución.
5º.- Dese a la presente resolución la oportuna publicidad en los términos de los artículos 35 Y 36 TRLC expidiéndose los oportunos edictos y mandamientos. A tal efecto, líbrense los oportunos edictos y mandamientos, librándose edictos que se fijarán en el tablón de anuncios y se publicará en el BOE cuya publicidad se acuerda gratuita.
6.- Declarar aprobadas las cuentas presentadas por la Administración concursal integrada por don Antonio López Aparcero, don Joaquín Riera Buendía y Álvaro Campo Peña, declarando su cese.
Badajoz, 1 de octubre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Lucía Peces Gómez.
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