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Documento BOE-B-2020-34881

MURCIA

Publicado en:
«BOE» núm. 271, de 13 de octubre de 2020, páginas 46458 a 46458 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-34881

TEXTO

E D I C T O

Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil número 2 de Murcia en sustitución, hago saber:

En el procedimiento seguido ante este Juzgado con el número 434/09 de la mercantil Glassmur S.L. cif B-30342976 se ha dictado la resolución de fecha 7 de octubre de 2020, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

1º Debo declarar y declaro finalizada la fase de liquidación y la conclusión y archivo del concurso de acreedores de GLASSMUR, S.L.

2.- Archivar definitivamente las actuaciones.

3.- Librar testimonio de la presente, llevando el original al libro de resoluciones que corresponda.

4- Acordar su extinción como personalidad jurídica y la cancelación de su inscripción en los Registros Públicos, para lo que se expedirá Mandamiento a los efectos previstos en el art. 485 TRLC.

5.- Cesan las limitaciones de las facultades de Administración y disposición.

6.- Se declara aprobada la rendición de cuentas del Administrador Concursal -artículo 479.2- y el cese de su actuación.

7.- Anotar en los Registros correspondientes la conclusión del concurso, librándose los oportunos mandamientos en concreto: Al Registro Mercantil de Murcia.

8.- Notifíquese la presente a las mismas personas a las que se hubiera notificado el auto de declaración de concurso, publíquese en el Registro público concursal y, por medio de edicto, en el Boletín Oficial del Estado.

MODO DE IMPUGNACIÓN: no cabe recurso alguno.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

Murcia, 7 de octubre de 2020.- La Letrada de la administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.

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