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Documento BOE-B-2020-35110

Resolución de la Autoridad Portuaria de Baleares por la que se otorga una prórroga de la licencia nº4 del Pliego de Prescripciones Particulares del Servicio Portuario al Pasaje en los puertos de Palma, Alcúdia, Maó, Eivissa y la Savina, a la empresa Estaciones y Terminales Marítimas, S.L.

Publicado en:
«BOE» núm. 272, de 14 de octubre de 2020, páginas 46829 a 46830 (2 págs.)
Sección:
V. Anuncios - B. Otros anuncios oficiales
Departamento:
Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana
Referencia:
BOE-B-2020-35110

TEXTO

El Consejo de Administración de la Autoridad Portuaria de Baleares, en sesión celebrada en fecha 27 de mayo de 2020 y en base a lo reflejado en el artículo 33.2.b) del Texto Refundido de la Ley de Puertos y la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, 5 de septiembre, a tenor de lo recogido en el artículo 31.2.b) de este Texto Refundido, y en aplicación de lo señalado en los artículos 26.1.l) y 30.5.s) del reiterado Texto Refundido, adoptó el acuerdo de:

1.- Ordenar la ejecución de las medidas oportunas de ordenación e instrucción del procedimiento administrativo iniciado por la solicitud de renovación de la licencia para la prestación del servicio portuario al pasaje, en los puertos de Eivissa y la Savina, según escrito de fecha 15.04.2020, acompañado de la correspondiente documentación complementaria, con registro de entrada en la Autoridad Portuaria de Baleares de fecha 16.04.2020, sin interrupción de plazos ni suspensión de términos, hasta su finalización, de acuerdo con lo establecido en el punto 3 de la Disposición Adicional Tercera del Real Decreto 463/2020, modificado por Real Decreto 465/2020.

2.- Otorgar a la empresa Estaciones y Terminales Marítimas, S.L. una prórroga de la licencia nº4 del "Pliego de Prescripciones Particulares del Servicio Portuario al Pasaje en los puertos de Palma, Alcúdia, Maó, Eivissa y la Savina", para la prestación del Servicio al Pasaje, en los Tráficos en Régimen de Transporte y Tráficos de Crucero, en los puertos de Eivissa y la Savina, en los términos establecidos en dicho Pliego, con el contenido señalado en el artículo 117 del Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y la Marina Mercante, aprobado por Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, y en las Cláusulas Adicionales incluidas en la Resolución de fecha 29 de mayo de 2014 sobre este tema, por un plazo de vigencia de dos (2) años o hasta que, en su caso, fuese aprobada y entrara en vigor una modificación del actual pliego de prescripciones particulares, si este plazo de inicio de su vigencia fuese menor, sin perjuicio de la obligación del titular de someterse a las modificaciones legales que afecten al régimen jurídico del título, y sin que ello genere derecho a indemnización alguna a su favor, computándose dicha prórroga a partir del día siguiente a la finalización de la actual licencia.

Contra el presente acuerdo que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, en el plazo de un mes, recurso de reposición potestativo, ante el órgano que ha resuelto o recurso contencioso-administrativo, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de las Islas Baleares, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al conocimiento de la presente notificación, sin perjuicio de que pueda ejercer, en su caso, cualquier otro que estime procedente.

De no utilizar el Recurso potestativo de Reposición, cabe interponer directamente Recurso Contencioso-administrativo, conforme a lo establecido en el artículo anteriormente citado, y en los artículos 45 y siguientes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso Administrativa, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo, en el plazo de dos (2) meses, a contar desde el día siguiente al de la recepción de la presente notificación.

Ello sin perjuicio de cualquier otro recurso o acción que se estime pertinente.

Lo que se publica para general conocimiento de conformidad con el artículo 115.3 del Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.

Palma, 29 de septiembre de 2020.- El Presidente, Francesc Antich i Oliver, La Secretaria, M.ª Antonia Ginard Moll.

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