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Documento BOE-B-2020-35144

CASTELLÓN DE LA PLANA

Publicado en:
«BOE» núm. 273, de 15 de octubre de 2020, páginas 46871 a 46872 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-35144

TEXTO

EDICTO

Doña Emma Bover Amutio, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de Primera Instancia nº 5 de Castellón,

Hago saber:

Que en este Juzgado se tramita Concurso de acreedores, seguido en dicho Juzgado con el nº 1460/19 a instancia de Ángel Montiel Martín con DNI 20469024J, habiéndose dictado por la Ilustrísima Magistrada-Juez Auto de declaración de concurso de fecha 22 de septiembre 2020 cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

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PARTE DISPOSITIVA

1.- Se tiene por presentada solicitud de concurso voluntario consecutivo de Ángel Montiel Martín con quien se entenderán las sucesivas diligencias en la forma prevenida por la Ley.

2.- Se admite a trámite dicha solicitud y se declara el estado de Concurso consecutivo Voluntario de Ángel Montiel Martín.

3.- Se tiene como Administrador concursal a don Miguel Baena Muñoz con domicilio a efectos de notificaciones en calle Enmedio nº 52, 6º de Castellón, y mail mbaenamuno@icacs.com

4.- Ábrase pieza de liquidación en este momento.

5.- Procédase a la publicidad de esta declaración de concurso, expidiéndose al efecto los oportunos edictos que se insertarán en el BOE y en periódico de la provincia, conforme al artículo 23, 1º de la Ley Concursal.

6.- Asimismo en virtud de lo previsto en el artículo 23, 2º de la Ley Concursal remítase el edicto al Colegio de Procuradores de Castellón a los efectos de que le den la publicidad correspondiente en su página web, así como comuníquese dicha situación al Registro Civil de Castellón en virtud del artículo 50 LC para su inscripción en la Sección I.

7.- Comuníquese la declaración del concurso a los Juzgados de Primera Instancia de Castellón mediante oficio a través de los Juzgados Decanos respectivos.

8.- Asimismo se acuerda librar oficio junto con el edicto de publicidad de esta resolución al Registro Público Concursal desarrollado por el Real Decreto 892/2013 de 15 de noviembre por el que se regula al Registro Público Concursal que será entregado al Procurador del solicitante del concurso al no poder ser remitido electrónicamente ni telemáticamente por el Juzgado, todo ello de conformidad con lo dispuesto en los artículos 7 y 8 del Real Decreto mencionado. Notifíquese la presente resolución al concursado, expidiéndose asimismo los pertinentes edictos para general publicidad en los términos de los artículos 23 y 24 LC, y demás despachos acordados que se entregarán al Procurador solicitante para que cuide de su diligenciamiento.

MODO DE IMPUGNACIÓN:

Contra esta resolución no cabe interponer recurso. Así por este Auto, lo pronuncia, manda y firma doña María Dolores Balado Margeli, Magistrado Juez de este Juzgado. Doy fe.

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Y de conformidad con lo ordenado, se expide el presente edicto para general llamamiento de los acreedores del concursado a fin de que en el plazo de un mes desde la última de las publicaciones a que se refiere el artículo 23 LC puedan comunicar sus créditos en los términos del artículo 85.

Castellón de la Plana, 22 de septiembre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Emma Bover Amutio.

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