Edicto.
Doña Ana María Lacalle Espallardo, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado Mercantil n.º 1 de Murcia, por el presente, hago saber:
1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el n.º 395/2020 y NIG 30030 47 1 2020 0000740, se ha dictado, en fecha 30 de septiembre de 2020, Auto de declaración de concurso voluntario abreviado y apertura de la fase de liquidación del deudor SOCIEDAD COOPERATIVA LIMITADA DE VIVIENDAS RESIDENCIAL PUERTA DE GRANADA, con CIF F73319469, domicilio social en Lorca (Murcia), Avda. Juan Carlos I, 16, 30800.
2º.- Se ha acordado que las facultades de administración y disposición quedan suspendidas, siendo sustituidas por la Administración Concursal.
Se hace constar que ha sido designado administrador concursal la Sociedad MIÑANA BELTRÁN CONCURSALISTAS, S.L.P., con domicilio postal en Av. Teniente Montesinos, 8, planta 4, 30100 Espinardo (Murcia), dirección electrónica concursal@minyanabeltran.com, y teléfono 961513122, señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos.
3º.- Igualmente, se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen directamente a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 255 y siguientes del TRLC, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes desde el día siguiente de la publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.
4º.-No se admitirán las comunicaciones de créditos que se presenten en este Juzgado, ni la Oficina de registro de la Ciudad de la Justicia.
5º.- La dirección electrónica donde se publicarán las resoluciones que traigan causa del concurso es en el Registro Público Concursal: https://www.publicidadconcursal.es/concursal-web/
Murcia, 9 de octubre de 2020.- La Letrada de la Administración de Justicia, Ana María Lacalle Espallardo.
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