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Documento BOE-B-2020-3598

BARCELONA

Publicado en:
«BOE» núm. 24, de 28 de enero de 2020, páginas 4705 a 4706 (2 págs.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-3598

TEXTO

Margarita Marquina Castells, Letrado de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Barcelona,

Hago saber que:

En el Homologación acuerdo refinanciación (DA 4a LC) 2429/2019 se dictó, de conformidad con la Disposición Adicional 4ª de la Ley Concursal (LC), auto acordando la homologación del acuerdo de refinanciación.

Deudor: Sistemas Técnicos de Encofrados, S.A.

Organo Judicial Competente: Juzgado de lo Mercantil nº 02 de Barcelona

Juez Competente: Sofia Gil García

Número Del Procedimiento Judicial: 2429/2019

Fecha De La Providencia De Admisión A Trámite: 10 De Diciembre 2019

Fecha Del Acuerdo De Refinanciación: 24 de octubre de 2019

Fecha Del Auto de Homologación: 20 de diciembre de 2019

Que En La Parte Dispositiva Acuerda:

Dispongo la homologación de los distintos acuerdos de refinanciación suscritos el día 24 de octubre de 2019, por una parte, por la mercantil Sistemas Técnicos De Encofrados, S.A., como deudora; de otra, por D. José Luis Ubiñana Félix, la entidad Ingeniería De Encofrados Y Servicios, S.L. y Sociedades Ube Agrupadas, S.L.; y, como entidades titulares de pasivos financieros, la entidad Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A., Banco De Sabadell, S.A., Banco De Santander,S.A., Bankia, S.A., y la entidad Deutsche Bank, S.A. cuyo contenido se da por reproducido y que de forma sintética, en lo esencial, se ha recogido en esta resolución.

Este acuerdo tendrá la naturaleza de transacción judicial.

En todo caso, las entidades financieras acreedoras, afectadas por la homologación, mantendrán sus derechos frente a los obligados solidariamente con el deudor y frente a sus fiadores y avalistas, quienes no podrán invocar ni la aprobación del acuerdo de refinanciación ni los efectos de la homologación en perjuicio de aquellos.

Publíquese la presente resolución, mediante anuncio en el que se extractarán los datos principales de este acuerdo, anuncio que se insertará en el Boletín Oficial del Estado, en el Registro Público Concursal y Tablón de Anuncios de este Juzgado.

Los acreedores de pasivos financieros afectados por la homologación judicial que no hubieran suscrito el acuerdo de homologación o que hubiesen mostrado su disconformidad podrán impugnar esta resolución en el plazo de quince días siguientes a la publicación.

Así los dispone y firma D.ª Sofía Gil García; Magistrada del Juzgado mercantil nº 2 de Barcelona.

El acuerdo de refinanciación se encuentra a disposición de los acreedores en la Oficina Judicial de este Órgano Mercantil.

Barcelona, 20 de diciembre de 2019.- El Letrado de la Administración de Justicia, Margarita Marquina Castells.

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