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Documento BOE-B-2020-36308

PONFERRADA

Publicado en:
«BOE» núm. 277, de 20 de octubre de 2020, páginas 48299 a 48299 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E INSTRUCCIÓN
Referencia:
BOE-B-2020-36308

TEXTO

EDICTO

Doña Noelia Álvarez López, Letrada de la Administracion de Justicia de la Upad de Primera Instancia e Instrucción nº 1 de Ponferrada, por el presente,

Hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número 218/20 y NIG 24115 41 1 2020 0001521, se ha dictado en fecha 23 de julio de 2020 Auto de Declaración de Concurso abreviado consecutivo del deudor Raquel González Pol, con domicilio en avenida Pérez Colino nº 22, 24402 Ponferrada.

2º.- Se ha dispuesto la apertura de la fase de liquidación y se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición del deudor. La apertura de la fase de liquidación concursal conlleva el vencimiento anticipado de los créditos concursales aplazados y la conversión en dinero de aquellos que consistan en otras prestaciones. Igualmente por parte del Administrador concursal, se ha presentado el correspondiente informe del artículo 75 de la LC y el correspondiente plan de liquidación, pudiendo los acreedores impugnar en el plazo establecido en el artículo 96 de la LC, el informe de la Administración concursal. Dichas impugnaciones se tramitarán con arreglo a lo establecido en el artículo 191.1 de dicho texto legal. Los acreedores y el deudor podrán en el plazo de diez días hábiles formular alegaciones al plan de liquidación presentado por la Administración concursal, pudiendo los acreedores mediante escrito razonado, solicitar la apertura de la sección de calificación concursal.

3º.- El llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en el artículo 85 de la LC, será de un mes desde la publicación del presente.

La comunicación se formulará por escrito firmado por el acreedor, por cualquier otro interesado en el crédito o por quien acredite representación suficiente de ellos, y se dirigirá a la Administración concursal. La comunicación podrá presentarse en el domicilio designado al efecto el cual deberá estar en la localidad en la que tenga su sede el juzgado, o remitirse a dicho domicilio. También podrá efectuarse la comunicación por medios electrónicos.

4º.- La identidad de la Administración concursal es la siguiente: Manuel Rodríguez Llanos. La dirección postal de la Administración concursal es la siguiente: Avenida Pérez Colino nº 22, 24402 Ponferrada, y dirección de correo electrónico: manuel.rllanos@despachoabaco

5º.- Que los acreedores e interesados que deseen comparecer en el procedimiento deberán hacerlo por medio de Procurador y asistidos de Abogado (artículo 184.3 LC).

Las resoluciones que traigan causa del concurso se publicarán en el Registro Público Concursal, www.publicidadconcursal.es

Ponferrada, 15 de octubre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, Noelia Álvarez López.

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