Doña María Luisa Sánchez Garrido, Letrada de la Administración de Justicia del Juzgado de lo Mercantil nº 3 de Pontevedra, con sede en Vigo,
Hago saber:
Que en la Seccion V Convenio 279/2013, seguida en este Juzgado, se ha dictado Auto 80/2020, de 5 de Octubre, acordando lo siguiente:
1º. Concluir el concurso de la entidad CALDERERÍA INDUSTRIAL Y NAVAL CIN, S.L., con CIF B36756260, por cumplimiento del convenio aprobado por Sentencia 56/2014 de 25 de abril.
2º. Cesar las limitaciones de las facultades de administración y disposición de la entidad deudora que sigan subsistentes.
3º. Aprobar las cuentas presentadas en su día por la Administración concursal, sin perjuicio de las acciones de responsabilidad que procedan contra el Administrador concursal.
Vigo, 9 de octubre de 2020.- Letrada de la Administración de Justicia, María Luisa Sánchez Garrido.
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