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Documento BOE-B-2020-36587

TOLEDO

Publicado en:
«BOE» núm. 278, de 21 de octubre de 2020, páginas 48656 a 48656 (1 pág.)
Sección:
IV. Administración de Justicia
Departamento:
JUZGADOS DE LO MERCANTIL
Referencia:
BOE-B-2020-36587

TEXTO

Doña María Isabel Collado Cordero, Letrado de la Administración de Justicia de Juzgado de Primera Instancia y de Instrucción, y de lo Mercantil de Toledo, por el presente, hago saber:

1º.- Que en los autos seguidos en este órgano judicial con el número Sección primera de declaración de concurso 352/2020 y NIG n.º 45168 41 1 2020 0003901, se ha dictado en fecha seis de octubre de dos mil veinte, auto de declaración de concurso de la deudora doña Gema Camacho Mariblanca, con documento nacional de identidad 50452005X, con domicilio en calle Eustaquia Dorado, número 34, Cuerva (Toledo).

2º.- Se ha acordado la suspensión de las facultades de Administración y disposición.

3º.- Se ha designado, como Administración concursal a Don Jacinto González Romero, con domicilio postal en la localidad de Illescas, calle Real, número 47, y dirección electrónica señalada para que los acreedores, a su elección, efectúen la comunicación de créditos, jacintogonzalez.icato@gmail.com.

3º.- Igualmente se ha acordado el llamamiento de los acreedores para que comuniquen a la Administración Concursal designada la existencia de sus créditos que deberán efectuar conforme a lo previsto en los artículos 28.1,5.º y 255 y siguientes del Texto Refundido de la Ley Concursal, a la dirección postal o electrónica indicadas en el punto anterior, en el plazo de un mes a partir de la última fecha de publicación de este edicto en el Boletín Oficial del Estado.

4º.- Se pone de manifiesto que no se admitirán comunicaciones de créditos ni otros actos de comunicación con la Administración concursal a través del Juzgado.

5º.- Se ha acordado abrir la fase de liquidación del concurso, y se ha puesto de manifiesto en la Oficina Judicial el Plan de Liquidación de los bienes y derechos de los concursados, elaborado por el mediador/administrador concursal.

El deudor y los acreedores pueden, en el plazo de quince, computados desde la fecha en que ha quedado de manifiesto el plan, formular observaciones y propuestas de modificación al mismo.

Toledo, 14 de octubre de 2020.- Letrado de la Administración de Justicia, María Isabel Collado Cordero.

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